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Aprueban cambios a las pruebas de aliento a conductores

El Proyecto del Senado 365 contó con el apoyo unánime de ambos cuerpos legislativos al momento de ser aprobada.

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La Cámara de Representantes de Puerto Rico aprobó un proyecto de ley para disponer que todo agente del orden público o funcionario público que le realice una prueba de aliento a un ciudadano, tendrá que mostrarle a éste la lectura que arrojó el dispositivo empleado para hacer la prueba.

El Proyecto del Senado 365, presentado por el senador Juan Zaragoza Gómez, y que cuenta con la coautoría de las senadoras Marially González Huertas, Gretchen M. Hau Irizarry y Elizabeth Rosa Vélez fue aprobado en sesión ordinaria del 28 de marzo.

Lee la medida aquí

La Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico faculta a los agentes del orden público, o cualquier otro funcionario autorizado por ley, a realizarle una prueba inicial de aliento en el lugar de la detención a toda persona bajo sospecha de transitar por las vías públicas conduciendo un vehículo de motor bajo los efectos del alcohol en exceso a los límites estatutarios.

El proyecto plantea que de acuerdo con el ordenamiento legal existente, aunque en estos casos el agente del orden público o funcionario autorizado por ley están facultados a administrarle al conductor detenido lo que se conoce como una prueba de campo estandarizada de sobriedad (Standard Field Sobriety Test) así como de su aliento con el fin de constatar el sospechado estado de embriaguez del conductor, éstos no están obligados a mostrarle al conductor detenido la lectura obtenida mediante dicho dispositivo electrónico o mecánico utilizado en la prueba inicial de aliento.

Para los autores de la medida esta omisión es particularmente preocupante dado el carácter criminal de la violación sospechada y las consecuencias que estas acarrean. Por lo cual persiguen garantizar el debido proceso de ley a todo conductor y evitar arbitrariedad o discreción indebida de parte del agente del orden público, o cualquier otro funcionario autorizado por ley.

A esos efectos, y en aras de garantizar un proceso transparente, libre de arbitrariedad y discresión indebida, tanto para el conductor como para el agente, esta legislación propone enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito para que se tenga que mostrar al detenido la lectura obtenida que arrojó el método electrónico o mecánico utilizado para la prueba de aliento.

La medida contó con el apoyo unánime de ambos cuerpos legislativos al momento de ser aprobada y  pasa ahora al escritorio del Gobernador para su posible firma o veto.

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