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Avalan medida que prohíbe alterar tablillas de vehículos de motor

Se destaca que la identificación adecuada de un vehículo permite el procesamiento eficiente de personas que hayan violado la ley.

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El Senado de Puerto Rico en su sesión del martes, 28 de mayo de 2024, aprobó un proyecto de ley con el fin de prohibir que la tablilla de un vehículo de motor se altere, se obstruya, oculte, o se le coloque cualquier material sobre ésta, aunque sea transparente, reflectivo o ahumado.

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Se trata del Proyecto del Senado 1319, de la autoría de los senadores Ramón Ruiz Nieves y del portavoz de la mayoría en dicho cuerpo, Javier Aponte Dalmau, que propone enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico.

Accede aquí al proyecto

Actualmente, la Ley 22-2000, según enmendada,  dispone que las tablillas de todo vehículo de motor, arrastre o semiarrastre, incluyendo motocicletas, deberán quedar alumbradas de noche por una luz incolora colocada en el vehículo para que se permita distinguir su número de permiso.

Los autores de la medida legislativa afirman que es necesario extender el alcance de la ley para disponer que estará igualmente prohibido conducir o poseer un vehículo de motor, arrastre, semi arrastre o motocicletas, en el que se haya alterado, obstruido, ocultado o colocado sobre su tablilla cualquier material, aunque sea transparente, reflectivo o ahumado.

A su vez, se dispone que la violación a esta disposición constituirá una falta administrativa que será sancionada con una multa de $500.00 dólares.

Los autores de la pieza legislativa destacan que el monto de dicha multa es más alto que la mayoría de las sanciones impuestas mediante la Ley 22-2000 debido a la naturaleza intencional del acto de obstruir, alterar u ocultar total o parcialmente la tablilla del vehículo de motor.

La medida contó con 14 votos a favor y 12 votos en contra, y deberá pasar a la Cámara de Representantes para su consideración.

De convertirse en ley, la misma entrará en vigor a los treinta 30 días de su aprobación.