Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico

Supremo determina que no existe daño irreparable inminente que amerite paralizar los procedimientos para el desarrollo del Corredor Ecológico del Noreste

Partes: Iniciativa para un Desarrollo Sustentable (IDS) y otros, Recurridos v. Junta de Planificación de Puerto Rico, representada por su Presidente, Rubén Flores Marzán y otros, Peticionarios

«Comparece ante nos la Junta de Planificación de Puerto Rico, et al., y nos solicita que revoquemos una Resolución emitida por el Tribunal de Apelaciones el 16 de diciembre de 2011. Mediante esta, el foro apelativo intermedio declaró Ha Lugar una Moción en Auxilio de Jurisdicción presentada por Iniciativa para un Desarrollo Sustentable (en adelante I.D.S. o los recurridos), lo cual tuvo el efecto de paralizar todo procedimiento administrativo en cuanto a la solicitud y concesión de permisos de desarrollo o construcción en el área conocida como la Reserva Natural del Corredor Ecológico del Noreste (en adelante R.C.E.N.).»

«Conforme discutido, en el caso de autos I.D.S. no pudo articular la existencia de un daño irreparable que ameritara la concesión de una Orden de Paralización de los procedimientos administrativos de Consultas de Ubicación,  Permisos de Desarrollo o Construcción. Como mucho, sus alegaciones son prematuras. Por esa razón incidió el Tribunal de Apelaciones al emitir una Resolución ordenando la paralización de estos procedimientos.»

Lea el documento completo: [2012TSPR110]

Los abogados de la Oficina del Procurador General fueron el Lcdo. Luis R. Román Negrón, Procurador General, y la Lcda. Valerie Díaz Aponte, Procuradora General Auxiliar.

El abogado de la Parte Recurrida fue el Lcdo. Luis José Torres Asencio.