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Se logra acuerdo en histórico pleito de clase sobre servicios de educación especial

Se logra acuerdo en histórico pleito de clase sobre servicios de educación especialEl secretario del Departamento de Justicia, César Miranda, anunció la firma de un acuerdo que pone fin a la reclamación de daños hecha en 1980 por la reconocida activista de personas con impedimentos, Rosa Lydia Vélez, lo que constituye la primera reclamación transada de la histórica demanda sobre falta de servicios de educación especial.

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Acompañado por el gobernador, Alejandro García Padilla, y el secretario de Educación, Rafael Román Meléndez, Miranda enfatizó en la importancia del cambio de estrategia legal del Estado ante el reclamo tanto de Rosa Lydia Vélez, como de su hija con discapacidad física, Isamar Malaret Vélez, en miras a concentrar los esfuerzos del Estado en cumplir con el ofrecimiento de servicios a esta población.

La demanda se presentó el 14 de noviembre de 1980. Su historia es hoy conocida por muchos, no sólo por sus 35 años de historia, sino por quienes son los protagonistas del mismo: los niños y niñas de educación especial. Mediante el pleito, varios padres de niños con impedimento alegaron que sus hijos no estaban recibiendo los servicios de educación especial a los que tenían derecho a la luz de las leyes federales y estatales aplicables. Ante ello, presentaron una demanda de injunction (cese y desista) y daños, al amparo de la Ley del Programa de Educación Especial y la Ley de Educación para Niños Incapacitados.

En la actualidad, en el caso convergen dos fases: la primera es una interdictal que está en etapa de cumplimiento de la sentencia parcial dictada, mediante la cual el ELA y sus funcionarios deben cumplir con la sentencia estipulada y emitida en el 2002, para la que se estableció un proceso de monitoría para verificar el cumplimiento en el ofrecimiento de los servicios. La segunda es la relativa a daños que corresponde a la compensación que solicitan los miembros de la clase de manera individual por los alegados daños que les ocasionó el no recibir los servicios.

Según estipulado en el acuerdo, «no es hasta que el Estado, el 5 de abril de 2013, determina reconocer la procedencia de una causa de acción en daños, en virtud de un interés apremiante del Tribunal de darle curso a dicha fase y el interés del Estado de lograr la consecución final de este pleito, que finalmente se le ha dado curso de acción a esta fase. Es precisamente dicha determinación de política pública la que ha permitido hoy el alcance de este Primer Acuerdo Transaccional en la fase de daños». Dicha transacción incluye el pago de $125,000 por parte del Estado a las codemandantes. En virtud de la Ley de Pleitos contra el Estado, la indemnización por todos los daños y perjuicios que se causare por acción u omisión no podrá exceder de la suma de $150,000.

El acuerdo se alcanza luego de un estudio ponderado de la prueba documental e informes periciales presentados por la parte co-demandante, y luego de un análisis exhaustivo del expediente que aunque evidencia progresos significativos al programa de Educación Especial durante el transcurso del tiempo, demuestra igualmente que esos primeros demandantes fueron los que más limitados vieron su oferta de servicios.