Puerto Rico District Court

Testimonio del imputado más creíble que testimonio de agentes; Tribunal concede moción de supresión de evidencia

Descarga el documento: USA v. Trinidad-Rivera et al

Al momento de los hechos, el Sr. Francisco Trinidad Rivera no estaba bajo investigación, ni era sospechoso de delito. Los agentes buscaban a otro hombre, quien alegadamente fue visto por el área la noche anterior. El Tribunal determinó que los agentes irrumpieron en la propiedad sin orden judicial, ni la anuencia del imputado, por lo que concedió la moción de supresión de evidencia a favor de Trinidad Rivera.

Testimonio del imputado más creíble que testimonio de agentes; Tribunal concede moción de supresión de evidenciaAl Sr. Francisco Trinidad Rivera y a la Sra. Aileen Rivera Burgos se les acusó de posesión ilegal de armas de fuego y por encubrir un delito, respectivamente.

En la vista de supresión de evidencia, los agentes involucrados testificaron que mientras investigaban el paradero de un fugitivo, un informante señaló la propiedad de Trinidad Rivera como el lugar donde el fugitivo se escondía. Supuestamente, mientras el agente se encontraba con el informante, vieron al fugitivo cruzando la calle camino al área de la residencia de Trinidad Rivera. Sin embargo, no intervino con él en ese momento, ni lo vio entrar en la propiedad.

Al día siguiente, varios agentes se personaron en la propiedad, y aquí es donde los testimonios de los agentes y los testimonios de los imputados comienzan a variar.

Los agentes indican que entraron por un portón, subieron unas escaleras al segundo piso donde está la vivienda y tocaron la puerta. Los imputados indican que los agentes rompieron el candado del portón que para poder abrirlo y subir.

Al tocar la puerta, Trinidad Rivera la abrió e indicó a los agentes que conocía al fugitivo pero que este no se encontraba allí. Según los agentes, estos preguntaron si podían entrar, y Trinidad Rivera no preguntó si tenían una orden de registro, ni les dijo que sin una orden no podrían entrar sino que alegan que Trinidad Rivera dijo que si era solo para buscar al fugitivo, podían entrar.

El teniente en la escena testificó que al entrar a la propiedad, Trinidad Rivera entró rápido detrás de los agentes y el teniente fue tras él. El teniente testificó que le dijo a Trinidad Rivera que los dejara registrar la propiedad, y que por su seguridad, se mantuviera en calma y no siguiera a los agentes. Indicó también que al entrar a la propiedad, en la sala, vio a Rivera Burgos junto a unos niños, quienes estaban gritando.

Los agentes alegan que hallaron varias armas de fuego y uniformes de distintas agencias. Según los agentes, toda esta evidencia se halló a plena vista.

Rivera Burgos testificó que cuando visitaba a Trinidad Rivera, dormían en la sala porque era el único cuarto con aire acondicionado. También indicó que nunca había visto la evidencia que los agentes alegadamente hallaron. Sobre el día de los hechos, Rivera Burgos sostiene que cuando llegaron los agentes, Trinidad Rivera abrió solo un poco para hablar con ellos, y se mantuvo dentro de la propiedad. Rivera Burgos alegó que los agentes entraron por la fuerza, y al no hallar al fugitivo, salieron todos menos uno. Luego regresaron cuando el que se quedó atrás los llamó indicando que había encontrado un rifle.

Trinidad Rivera testificó que la noche antes había cerrado el candado del portón que conduce a la propiedad, por lo que los agentes tendrían que romperlo para pasar el portón. Cuando los agentes tocaron a la puerta, Trinidad Rivera la abrió un poco y habló con los agentes desde adentro. Los agentes le indicaron que tenían una orden de arresto contra el fugitivo, que un informante indicó que se escondía allí, y que iban a registrar la vivienda. Trinidad Rivera les preguntó si tenían una orden judicial para el registro, lo que negaron los agentes. Trinidad Rivera les indicó que sin una orden no los dejaría pasar.

Acto seguido Trinidad Rivera se volteó para indicarle a Rivera Burgos que se vistiera, y los agentes aprovecharon para entrar sin su consentimiento. Una vez adentro, mientras varios agentes registraban la propiedad, uno de ellos le preguntó por el fugitivo. Trinidad Rivera dijo que lo conocía porque eran de la misma comunidad, pero que no eran amigos. El agente le dijo que si no les decía donde estaba el fugitivo, lo arrestarían por hurto de electricidad. Trinidad Rivera ordenó a los agentes a marcharse, pero mientras se iban, los agentes vieron una pistolera bajo la mesa del comedor.

Trinidad Rivera fue esposado, y los agentes registraron la vivienda más a fondo, cuando alegadamente hallaron armas, municiones y otros artículos ilegales. Luego, el teniente lo empujó contra una pared y le propinó un puño en la cara.

Los imputados sometieron una moción de supresión de evidencia alegando que se les violó su derecho de intimidad cobijado bajo la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. El estado alega que aún cuando el registro de la vivienda se realizó sin orden judicial, dicha omisión fue subsanada cuando Trinidad Rivera consintió a que los agentes entraran a buscar al fugitivo.

El Tribunal de Distrito dio credibilidad al testimonio de Trinindad Rivera y Rivera Burgos. El Tribunal consideró la alta incidencia criminal en Puerto Rico para creer la versión de Trinidad Rivera de que el portón estaba cerrado con candado, particularmente considerando el hecho de que esa noche durmió allí Rivera Burgos con sus dos hijos menores.

El Tribunal de Distrito consideró también el hecho de que Trinidad Rivera es un convicto que estaba en posesión de armas de fuego para sostener que la versión de los agentes es increíble. El Tribunal entiende que las circunstancias y experiencias de Trinidad Rivera permitían que este supiera los derechos constitucionales que le cobijan, por lo que si en efecto tenía armas en su hogar, es menos probable que permitiera la entrada libre de los agentes al lugar.

Encima de esto, el testimonio del teniente permite creer la veracidad del testimonio del imputado en este caso. Para el Tribunal tiene sentido que, como dijo el teniente, Trinidad Rivera saliera corriendo tras los agentes cuando forzaron la entrada a la vivienda. A su vez, tiene sentido que los niños estuvieran gritando ante la escena de una docena de agentes irrumpiendo al lugar donde estos dormían.

A la vez, la creencia del agente que indicaba que allí se ocultaba el fugitivo es, en el mejor de los casos, una confidencia imprecisa sin corroborar. El mismo agente admitió que nunca vio al fugitivo entrar a dicha vivienda la noche en que alega que lo vio cruzando la calle hacia esa área.

El Tribunal de Distrito reiteró la jurisprudencia que indica que la Cuarta Enmienda tira una línea en la entrada de un hogar. La misma indica que salvo circunstancias de peligro o emergencia, sin orden judicial o consentimiento, no se puede transgredir la entrada a una vivienda.

Toda la evidencia alegadamente hallada en la vivienda ha sido suprimida por constituir fruto del registro ilegal.

Reseña por el Lcdo. Cristian González