La Cámara de Representantes dio visto bueno al Proyecto del Senado 557, que prohíbe el otorgamiento de bonos de productividad a los altos directivos, empleados de confianza y otros supervisores de todas las agencias, corporaciones e instrumentalidades del gobierno.
Además, la medida dispone que cualquier bonificación que se pretenda otorgar tendrá que ser autorizada por la Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales y de Administración de Recursos Humanos (OCALARH), que a su vez, evaluará las normas de otorgamiento y la disponibilidad de fondos.El proyecto fue enmendado, siendo eliminada la definición de “corporaciones público privadas”, para ser enfocado en el sector guernamental.
Un bono de productividad es una remuneración otorgada a un funcionario o empleado público, que se haya acordado por contrato y cuyo cálculo depende de las ganancias netas o brutas, superávit o excedente de efectivo de la agencia, corporación o instrumentalidad pública. Se incluye también cualquier bono mediante orden o resolución por concepto de ejecutorias, méritos, calidad, cantidad o grado de producción.
La penalidad por violentar esta ley consiste en que se estará obligado a satisfacer, en su carácter personal, una suma equivalente al 50% del monto total del bono de productividad otorgado. Si el mismo fue aprobado por una Junta, los miembros que votaron a favor vendrán que satisfacer, solidariamente, el 100% del monto del bono otorgado.

