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Proponen dar créditos contributivos a PYMES para gastos de relocalización a otros locales provistos de servicio de energía eléctrica y agua potable

El senador Miguel Romero Lugo presentó el Proyecto del Senado 697 en noviembre de este año que establecería una deducción contributiva [para propósitos de la Sección 1033.01(a) del Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico, Ley 1-2011, según enmendada] por concepto de relocalización de negocio de una micro, pequeña o mediana empresa.

De igual forma, establecería un crédito contributivo [para propósitos de las secciones 1021.01 del Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico, Ley 1-2011, según enmendada] en el caso de individuos o 1022.01 y 1022.02 en el caso de corporaciones, para las micro, pequeñas o medianas empresas, a ser aplicado contra la contribución sobre ingresos para su año contributivo que incluya el mes de septiembre de 2017, determinada antes de los créditos dispuestos en el Subcapítulo C del Capítulo 5 del Subtítulo A del Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico, Ley 1-2011, según enmendada (secciones 1053.01 a 1053.10); para establecer una deducción contributiva por el costo real incurrido en la compra de un Generador de electricidad fijo o portátil, con el propósito de continuar operando una micro, pequeña o mediana empresa en Puerto Rico luego del 6 de septiembre de 2017 y antes del 31 de enero de 2018, o la fecha antes de la cual el servicio de energía eléctrica se hubiese restablecido en el Lugar de Negocio, lo que ocurra primero; y para otros fines relacionados.

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Exposición de motivos:

Luego del paso del huracán Irma el 6 de septiembre de 2017 y el catastrófico huracán María por Puerto Rico, el 20 de septiembre de 2017, Puerto Rico no solo sufrió la lamentable pérdida de vidas, sino también pérdidas materiales y a la infraestructura que sobrepasan decenas de billones de dólares. Uno de los sectores de la economía que más vulnerable se encuentra luego del paso de estos eventos naturales son las micro, pequeñas y medianas empresas. Se estima que alrededor del 10%, de las 50,000 pequeñas empresas que existen en Puerto Rico, podrían desaparecer como consecuencia de la devastación dejada por los huracanes Irma y María. Esos 5,000 pequeños negocios en Puerto Rico podrían no continuar operando, lo cual resultaría en la pérdida del sustento económico de cientos de familias puertorriqueñas que poseen dichos negocios, así como a sus empleados, o aquellos que directa o indirectamente participan en su operación. Esto provocaría otro devastador golpe a la ya maltrecha economía de Puerto Rico.

Por otro lado, se estima que por causa de la prolongada interrupción en el servicio de energía eléctrica en Puerto Rico, las micro, pequeñas y medianas empresas que venden inventario al detal, podrían enfrentar pérdidas de hasta $8.9 billones en el período de seis meses siguientes al paso de los antes mencionados fenómenos naturales.

Ante ese lúgubre escenario económico, es meritorio que esta Asamblea Legislativa brinde asistencia y alivios contributivos a las micro, pequeñas y medianas empresas para que puedan continuar operando y preservar la poca solvencia y liquidez económica que les queda. Miles de empleos son susceptibles a perderse. Por consiguiente, encontramos apremiante otorgarle a dichas empresas alivios contributivos sustanciales para aminorar las pérdidas económicas sostenidas por éstas tras el paso de los huracanes Irma y María. Mediante este proyecto se pretende otorgar a las micro, pequeñas y medianas empresas un crédito contributivo equivalente al 75 %, 50%, y 25%, respectivamente, de su responsabilidad contributiva para el año fiscal 2017-2018, a ser aplicado contra la contribución regular correspondiente al año fiscal 2017-2018.

Por otra parte, consideramos conveniente el otorgarles una deducción contra el ingreso bruto a las micro, pequeñas y medianas empresas por los gastos extraordinarios que han tenido que incurrir por concepto de relocalización de dichos negocios a otros locales provistos de servicio de energía eléctrica y agua potable. De esta manera, las referidas empresas que relocalizaron sus operaciones pudieron continuar proveyendo sus servicios o ventas al Pueblo de Puerto Rico, continuaron operaciones y no despidieron a sus empleados regulares. Muchas de estas empresas continuaban pagando sus cánones de arrendamiento comercial, pero tuvieron que incurrir en gastos adicionales no presupuestados y extraordinarios de renta en otro lugar, para mantenerse operando en medio de la crisis.

Finalmente, consideramos justo otorgarle a las micro, pequeñas y medianas empresas elegibles una deducción de un 75 % por los gastos extraordinarios que incurrieron en la compra de un Generador de electricidad, fijo o portátil, con el propósito de continuar operando. Estos empresarios utilizaron parte de sus ahorros para obtener sistemas de generación de energía con su propio pecunio, viéndose en muchas ocasiones obligados a utilizar el poco margen prestatario que les quedaba.

El ayudar a las micro, pequeñas y medianas empresas en este momento cobra un relieve trascendental en la economía puertorriqueña. El Plan para Puerto Rico, avalado por el Pueblo de Puerto Rico en las urnas, esboza un real compromiso con el fortalecimiento de las micro y pequeñas empresas. En la página ciento cincuenta y nueve del referido Plan, se manifiesta que: “[e]l 45% de la población en Puerto Rico vive bajo niveles de pobreza. Esta realidad socioeconómica requiere que se viabilicen nuevas formas de impulsar el desarrollo económico de la isla. Una de las alternativas es la auto-gestión empresarial a través del desarrollo de micro-empresas y empresas comunitarias”. Por tanto, esta Asamblea Legislativa, cónsono con el plan para fomentar las micro, pequeñas y medianas empresas, provee mediante esta legislación una herramienta de recuperación a estas empresas que tienen el deseo de continuar operando, desarrollando así nuestra economía aún en las situación adversa en la que nos encontramos como consecuencia del paso de los dos huracanes Irma y María durante el mes de septiembre.