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Influencers tienen que cumplir con reglas federales al anunciar productos

La abogada Maristela Collazo explicó que existe la práctica del "influencer marketing", donde se capitaliza comercialmente del alcance de esas personas muy populares en las redes sociales.

Por Daniel Rivera Vargas

Hay estatutos federales que rigen las prácticas publicitarias relacionadas de los llamados «influencers», y en Puerto Rico se opera con mucho desconocimiento al respecto, según la profesora de derecho de publicidad y mercadeo,  Maristela Collazo.

La palabra «influencer» está reconocida en el diccionario Merriam-Webster desde 2019. Según el texto, se trata en sus dos acepciones de «una persona que inspira o guía las acciones de otras» o «una persona que es capaz de generar interés en algo (como un producto de consumo) publicando sobre ello en las redes sociales».

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Collazo, abogada con práctica principalmente en propiedad intelectual explicó que existe la práctica del «influencer marketing», en la cual se capitaliza comercialmente del alcance de esas personas muy populares en las redes sociales.

«Es básicamente cualquier estrategia de mercadeo que usa un recurso humano para llevar a cabo esa estrategia de mercadeo, y lo usamos a él y a ella por la cantidad de seguidores y su influencia en el público consumidor», indicó.

Aclaró que hay «influencers» que tiene acceso a medios tradicionales de publicidad, como personalidades de radio y televisión -mencionó a la presentadora Natalia Rivera-, pero los hay también solo reconocidos solamente por su acceso en redes.

«Hay diferentes variantes de «influencers», los «microinfluencer», los «macroinfluencer», y hay (acercamientos de) varias estrategias de publicidad, no solo las agencias sino que las marcas contratan directamente a los «influencers» directamente. Es un universo sumamente amplio», sostuvo.

En término de las estrategias y aspectos legales, lo más importante son dos puntos: uno, que en este «influencer» marketing haya divulgaciones apropiadas, y una contratación adecuada.

Respecto a las divulgaciones, Collazo sostuvo que desde 2015 hay regulaciones federales a través de la Comisión Federal de Comercio (FTC, por sus siglas en inglés), que dispone que un «influencer» debe divulgar cuando está usando un producto a cambio de una paga.

Explicó que hay instancias donde esa persona con muchos seguidores en redes sociales usa un producto orgánicamente, o por que así le place, pero en otras un publicista le paga para que use ese producto, y eso debe estar claro en la presentación de ese «influencer».

«Que se sepa que el arroz que se está comiendo es porque le está pagando (si ese es el caso). Es un requisito de reglamentación federal», explicó.

Ya la FTC ha impuesto sanciones a personas por violaciones a esos reglamentos, como fue una campana de una empresa de una bebida que usó a figuras como la cantante Cardi B, en la que la multa ascendió a $1,000.

Sobre el aspecto de la contratación, Collazo dijo que los contratos de los «influencers» deben ser meticulosos respecto a cláusulas como que uso le darán a la imagen del «influencer», por cuánto tiempo están autorizando que esa empresa use la imagen de esa persona influyente redes, que responsabilidad si alguno tiene el «influencer» frente a terceros, entre otras.

«Es importante que todos estos asuntos estén debidamente documentados en un contrato», sostuvo Collazo.

La profesora comentó  que en Puerto Rico se ha visto un «boom» de los «influencers» en los pasados 24 meses, y que las agencias de publicidad se han comenzado a educar sobre el tema, que ella lleva enseñando desde la academia por los pasados 7 años. “Hay mucho desconocimiento hoy día”, mencionó.

Collazo agregó  que ella percibe muchas violaciones a esas regulaciones federales desde Puerto Rico. “Tú entras a Instagram y te das cuenta inmediatamente de todos los «influencers» locales, lo que están haciendo e incumpliendo”.

Añadió que, aunque son válidos los parámetros federales, a nivel estatal aún no hay regulaciones enfocadas en la figura del «influencer».

Explicó, sin embargo, que pudiera ser de aplicación relacionado a los «influencer» el reglamento de prácticas engañosas del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO).