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Durante el cierre de la sesión legislativa, la Cámara de Representantes acogió las enmiendas introducidas por el Senado al Proyecto de la Cámara 179, que prohíbe el uso de dispositivos electrónicos personales por parte de los estudiantes en los grados de nivel elemental.
Esta legislación fue presentada por el representante del Partido Nuevo Progresista (PNP) Jorge Navarro Suárez, y cuenta con la coautoría del representante del Partido Popular Democrático (PPD) Héctor E. Ferrer Santiago.
Según surge de la exposición de motivos en la medida, un estudio publicado por la UNESCO reveló que la sola recepción de notificaciones en los teléfonos móviles puede interrumpir significativamente la concentración de los estudiantes, quienes podrían tardar hasta 20 minutos en poder retomar nuevamente su enfoque en la tarea original.
Destaca además, que en el estado de California, el gobernador Gavin Newsom promulgó recientemente una ley que obliga a las escuelas a limitar o prohibir el uso de celulares, en medio de un creciente consenso de que el uso excesivo de estos dispositivos puede aumentar el riesgo de enfermedades mentales y perjudicar el proceso de aprendizaje.
La prohibición establecida por esta medida aplica a todas las instituciones educativas públicas o privadas en Puerto Rico, del uso de dispositivos electrónicos portátiles personales con acceso a redes de telefonía digital e internet por parte de los estudiantes durante el horario escolar, incluyendo recesos y cualquier actividad organizada por la institución.
Dicha prohibición incluye, pero no se limita, a teléfonos inteligentes, tabletas, relojes digitales, computadoras portátiles, audífonos, equipos de juegos electrónicos, y cualquier otro equipo de comunicación de naturaleza similar.
No obstante, se disponen excepciones para ciertos escenarios particulares, tales como:
• Cuando el dispositivo electrónico se utilice con fines educativos, bajo la supervisión directa de un maestro o personal autorizado.
• En casos de emergencia debidamente justificados, donde el estudiante necesite comunicarse con sus padres, tutores legales o servicios de emergencia, también bajo la supervisión del personal escolar.
• Cuando exista y sea aprobado un acomodo razonable para el uso de estos equipos, por razones de salud o discapacidad, y que el mismo sea expedido por recomendación o certificado por un médico licenciado.
La pieza legislativa ya fue firmada por los presidentes de ambos cuerpos legislativos, por lo que próximamente será enviada a La Fortaleza para la consideración de la gobernadora.



