- El Tribunal Supremo de EE. UU. podría reconsiderar la ciudadanía por nacimiento tras litigios recientes y decisiones de tribunales inferiores.
- La previa decisión sobre Trump v. Casa prohibió el uso de interdictos nacionales, limitando efectos extrajurisdiccionales de jueces federales.
- Demandantes fueron obligados a recurrir a pleitos de clase, lo que motivó enmiendas en casos presentados por la ACLU.
- El noveno circuito declaró inconstitucional una orden ejecutiva que intentaba eliminar la ciudadanía por nacimiento, citando la Decimocuarta Enmienda.
- La ciudadanía por nacimiento de los nacidos en Puerto Rico proviene de ley local; existe debate sobre su fundamento constitucional versus estatutario.
La pugna sobre la llamada ciudadanía por nacimiento está tocando nuevamente las puertas del Tribunal Supremo de Estados Unidos. Sin embargo, en esta ocasión una expresión del alto foro podría tener un alcance mucho más abarcador que la pasada decisión sobre este tema, explicó el licenciado Carlos Chévere Lugo, profesor de derecho en St. Mary’s School of Law, en Texas.
“Cuando se decidió el caso en junio hablamos de unas particularidades técnicas en cuanto a los injuctions”, recordó el letrado.
En la controversia resuelta casi al finalizar el pasado término del Supremo, se atendió el caso Trump v. Casa, que tenía que ver con la ciudadanía por nacimiento, o cuando una persona se convierte en ciudadano estadounidense inmediatamente porque nace en jurisdicción estadounidense independientemente del estatus migratorio de sus padres. Pero, aquella opinión no fue en los méritos, sino sobre un asunto muy particular, y era que en aquel caso el juez de distrito federal emitió lo que se conoce como un interdicto a toda la nación (o national injunction) para prohibir ciertas acciones de la administración Trump. Con ese mecanismo, la decisión se extiende mucho más allá del distrito del juez, sino a todas las jurisdicciones estadounidenses, y lo que hizo el Supremo en aquel caso fue prohibir el uso de estos “national injunction”.
Chévere explicó que aquella decisión obligaba a demandantes a usar el mecanismo de pleito de clase, y que esto fue lo que comenzó a ocurrir, cuando grupos como la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) enmendaron sus demandas sobre ciudadanía por nacimiento para que fueran por esa vía,
Entonces, “el gobierno presentó varios casos y pidió (al Tribunal Supremo) analizar la constitucionalidad del birthright citizenship (ciudadanía por nacimiento) de un caso del noveno circuito”, contó Chévere Lugo.
Esa decisión del noveno circuito, en el caso Washington v. Trump, resolvió que “la orden ejecutiva (que pone fin a la ciudadanía por nacimiento) es inválida e inconstitucional porque contradice el texto claro de la cláusula de ciudadanía Decimocuarta Enmienda que concedee la ciudadanía a todas las personas que nacen en Estados Unidos”.
Protecting The Meaning And Value Of American Citizenship – The White House
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Chévere Lugo mencionó que no cree que el alto foro acoja el certiorari, pero es una posibilidad. “Uno nunca sabe qué va a pasar por el Tribunal Supremo. Pero en su certiorari, el gobierno argumenta que hay nueva literatura y academia que dicen que se le puede quitar los derechos de ciudadanía a los inmigrantes, pero cuando ves la tabla de autoridades, ves que son artículos de 2025, o sea que mandaron a alguien a publicarlos. No es algo genuino. Y los argumentos no tienen razón de ser en derecho”, sostuvo el profesor
Añadió que si acogen el certiorari, una vista oral pudiera estarse celebrando en marzo o abril para que haya una decisión en o antes de junio.
El catedrático sostuvo que la ciudadanía por nacimiento es una tradición legal proveniente del derecho común o “common law” de Inglaterra, que te concede la ciudadanía si naces en el país. Hay otros tipos de ciudadanía, como la de sangre, donde permite a una persona solicitar una ciudadanía porque tenga la persona un antepasado con esa ciudadanía, como ocurre por ejemplo en actualmente en partes de Europa.
Chévere Lugo aclaró que esta decisión no debe afectar directamente a los puertorriqueños porque la ciudadanía por nacimiento de los nacidos en Puerto Rico existe por ley y es aparte de la de nacimiento. Aunque manifestó que hay debate sobre este asunto porque, en opinión de sectores de la academia como el profesor, “bajo la Decimocuarta Enmienda se supone que (la ciudadanía de Estados Unidos de los puertorriqueños) sea constitucional, no estatutaria”.



