Ley de Puerto Rico

Firmada ley que reforma sistemas de Retiro de Puerto Rico

RetiroDe interés:

– Calculadora de beneficios de Retiro

– Informe actuarial de Administración de Los Sistemas de Retiro (30 de junio de 2011)

Enmienda la Ley del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno. Adiciona el Capítulo 5 que crea el Programa Híbrido de Contribución Definida, cuyos beneficios aplicarán a empleados jubilados y empleados participantes transferidos al Programa a partir de 1 de julio de 2013, que no soliciten su retiro antes de la fecha de preservación de beneficios de 30 de junio de 2013. Aumenta la pensión mínima de $400 a $500, aumenta escalonadamente la edad de retiro, aumenta a 10% la aportación del empleado al Sistema, y convierte en anualidad el pago global para empleados jubilados bajo la Reforma 2000. Elimina el Bono de Verano, el Bono de Medicamentos, la aportación patronal del gobierno al plan médico, y el Aguinaldo de Navidad, más crea el Programa de Beneficios Adicionales para Pensionados con beneficios similares. Dispone que los beneficios provistos por la Ley de Retiro de Personal del Gobierno no aplicarán a los pensionados que se retiren bajo el Capítulo 5. Establece disposiciones transitorias y otorga una causa de acción a pensionados y participantes del Sistema.

(Enmienda de sala elimina lo siguiente: Ordena que el Departamento de Justicia evalúe la transacción de 2008 en que Retiro incurrió en una deuda de $2,900,000 mediante la emisión de Pension Obligation Bonds e inicie acción legal civil para recobrar los dineros contra las entidades responsables de daños al Sistema, y ordena que Retiro renuncie o desista de cualquier oposición a la presentación de cualquier acción legal civil relacionada a dicha transacción que se haya de someter, en la que Retiro sea parte.)

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