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La más reciente decisión del Supremo acerca de la Ley 18

Tribunal Supremo de Puerto RicoDespués de que el Tribunal Supremo de Puerto Rico determinará el martes, 11 de junio de 2013 que la Ley 18 es inconstitucional, el gobernador Alejandro García Padilla defendió la aprobación de dicha ley con las siguientes expresiones:

La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico lee en su Artículo V del poder judicial: “El Tribunal Supremo, cada una de sus salas, así como cualquiera de sus jueces, podrán conocer en primera instancia de recursos de hábeas corpus y de aquellos otros recursos y causas que se determinen por ley”.

«Fue esto precisamente lo que hicimos con la aprobación de la Ley 18. Como Gobernador de Puerto Rico, estoy llamado a proteger los principios democráticos cobijados en la Constitución del Estado Libre Asociado, entre ellos aquel que reconoce la separación de poderes entre las ramas Ejecutivas, Legislativas y Judicial. Próximamente se presentara otra medida para que se determinen por ley, como ordena la Constitución, cuales son las circunstancias en las que el Tribunal Supremo atenderá un caso en jurisdicción primaria”, afirmó el mandatario.

El ejecutivo procedió a presentar dos proyectos, el Proyecto del Senado 657 y el Proyecto de la Cámara 1248, para revisar la competencia original y apelativa del Tribunal Supremo.

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Descargar la resolución y los votos particulares del Tribunal Supremo: