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JRT establece el proceso para casos laborales por la Ley 66-2014

JRTLa Junta de Relaciones del Trabajo (JRT) anunció hoy la aprobación de la Resolución Administrativa 2014-02, la cual, regula los procesos de apelación de reclamos ante la JRT al amparo del Artículo 14 de la Ley Núm. 66-2014, Ley Especial de Sostenibilidad Fiscal y Operacional del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

El Lcdo. Jeffry J. Pérez Cabán, Presidente de la JRT expresó lo siguiente: “la Junta aprobó la Resolución Administrativa 2014-02, que encaminará el procedimiento para atender los reclamos presentados por los trabajadores, organizaciones obreras y los patronos de las distintas corporaciones públicas sujetas a la Ley Número 66 de Sostenibilidad Fiscal y Operacional y a nuestro Reglamento 7947 de la Junta aprobado en el 2010. La norma enunciada dispone cómo se canalizará el reclamo y el conflicto, los derechos de revisión que las partes tendrían en el caso de que se tome una decisión, entre otros aspectos».

Para información adicional pueden comunicarse a la División de Secretaría a través del 787.620.9545 extensiones 222 o 225 y a los correos electrónicos juntaderelacionesdeltrabajo@gmail.com o info@jrt.gobierno.pr.

La JRT es un organismo cuasijudicial que está facultado para investigar, deliberar y adjudicar  controversias obrero-patronales mediante decisiones finales de acuerdo con la Ley 130 de 8 de mayo de 1945, la Ley 333 de 16 de septiembre de 2004 según enmendadas también conocidas como la Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico y la Carta de Derechos de Empleados Miembros de una Organización Laboral respectivamente.