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Tribunal Supremo federal dice sí al matrimonio LGBTT

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos determinó en una votación 5-4 que será inconstitucional que los estados prohíban el reconocimiento o la consecución de los matrimonios entre personas del mismo sexo.

La determinación surgió en el caso Obergefell v. Hodges.

«Ellos solicitan igual dignidad ante los ojos de la ley. La Constitución les otorga ese derecho», expone la histórica decisión escrita por el juez asociado Anthony Kennedy, a la que se unieron los jueces Stephen Breyer, Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ruth Bader Ginsburg.

«Es degradante impedir que parejas del mismo sexo formen parte de una institución central de la sociedad de la nación, porque ellos también pueden aspirar a los propósitos trascendentales del matrimonio. La limitación del matrimonio a parejas del sexo opuesto puede haber parecido justa y natural, pero su inconsistencia con el significado principal del derecho fundamental al matrimonio se hace ahora manifiesta», lee la opinión firmada por el juez Anthony Kennedy en Obergefell v. Hodges.

El Supremo Federal determinó que bajo la Decimocuarta Enmienda, los estados deben emitir licencias de matrimonio a parejas del mismo sexo y reconocer las uniones que se celebraron en estados donde ya era legal.

La opinión fundamenta la determinación final en «cuatro principios y tradiciones que demuestran que el matrimonio es un derecho fundamental bajo la Constitución, que aplica también al matrimonio entre personas del mismo sexo», así como con la protección que provee la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, que garantiza la igual protección de las leyes.

Los cuatro principios enumerados por el Tribunal Supremo de Estados Unidos fueron:

  1. El derecho personal que tienen los individuos a decidir si desean contraer matrimonio, que es inherente al concepto de autonomía individual.
  2. La vasta jurisprudencia del Supremo Federal, que expone que el derecho a casarse es fundamental porque respalda la unión de dos personas sobre cualquier otra por la importancia misma del compromiso entre esos individuos.
  3. La protección del derecho a contraer matrimonio, que a su vez salvaguarda a los niños y familias dándole significado a los derechos conexos de crianza, la procreación y la educación. «Sin ese reconocimiento, la estabilidad y la previsibilidad que el matrimonio ofrece, los niños sufren el estigma de saber que sus familias son menos, de alguna forma. Además, sufren el costo material significativo de ser criados por padres que no están casados, relegados a una vida familiar más difícil e incierta», proponen la opinión.
  4. Las certeza de que las opiniones del Tribunal Supremo y las tradiciones de Estados Unidos dejan claro que el matrimonio es un pilar del orden en el país. Los estados han contribuido al carácter fundamental del matrimonio, al posicionarlo al centro de muchas facetas del orden social y legal. «No hay diferencia entre el matrimonio entre parejas del mismo sexo o el matrimonio entre parejas del sexo opuesto, al respecto de ese principio. A pesar de ello, a las parejas del mismo sexo le son negadas una constelación de beneficios que los estados han vinculado al matrimonio y que consignan una inestabilidad que muchas parejas del mismo sexo encuentran intolerable», expone la decisión.

El portavoz del Comité Amplio para la Búsqueda de la Equidad, Gabriel E. Laborde, sostuvo que «la decisión del Tribunal Supremo de hoy es un paso sustancial hacia la equidad. Hoy las comunidades LGBTT, sus familiares y aliados celebramos ese paso hacia una sociedad más igualitaria y justa, una sociedad donde las parejas del mismo sexo pueden públicamente expresar su amor sin ser discriminados por el estado».

El gobernador de Puerto Rico, Alejandro García Padilla, también publicó un comunicado en el que expresó que «la proclamación de este derecho es, además, un triunfo para la dignidad de todos los seres humanos, quienes, ante la ley, somos iguales. Reconocer y defender ese derecho del prójimo garantiza y fortalece a su vez la protección de nuestras propias libertades a la expresión, al culto y, un sí al amor».

El gobernador también firmó una orden ejecutiva para hacer efectiva de forma inmediata, con todas las consecuencias legales que pueda acarrear, la decisión del Tribunal Supremo Federal en Puerto Rico.

A su vez, indicó que ya solicitó al Departamento de Justicia que evalúe otros cambios que por legislación se deban efectuar para adecuar el ordenamiento jurídico puertorriqueño a la nueva realidad.

Por Zoán T. Dávila Roldán