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Ley que estipula registro de armas de fuego en Washington D.C. es declarada inconstitucional

Ley de armas inconstitucionalEl Tribunal de Circuito de Apelaciones para el Distrito de Columbia (D.C.) determinó que varias partes de la ley que regula el registro de armas en ese distrito violan la Segunda Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, y son por ende inconstitucionales.

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La demanda fue presentada por Dick Anthony Heller y el juez que escribió la opinión lo fue Douglas Ginsburg. Al evaluar la constitucionalidad de la ley de armas de D.C., el Tribunal aplicó un “escrutinio intermedio”. Se evaluó si la ley “promovía un interés sustancial del gobierno que pudiera lograrse de forma menos efectiva si la regulación no existiera” y si “la forma escogida no era sustancialmente más amplia de los necesario para lograr el interés deseado”. Se determinó que las leyes eran inconstitucionales pues no avanzaban el interés del gobierno “de forma material y directa”.

Algunas de las disposiciones que fueron declaradas inconstitucionales son:

  1. Las armas registradas deberán volver a ser registradas cada tres años.
  2. Un arma debe ser físicamente llevada al cuartel de la policía en D.C. para ser registrada.
  3. Una persona que busque registrar un arma debe pasar un examen sobre las leyes de armas de fuego.
  4. Se prohíbe el registro de más de un arma por mes.

Por otra parte, se sostuvieron otros requisitos como el de que los dueños de armas debieran entregar sus huellas digitales y fotografías. Se determinó que el requisito básico del registro de armas se sostenía pues imponía una carga mínima sobre los individuos, similar al del registro de un automóvil. Asimismo, se determinó que el registro de huellas dactilares era válido pues disuade a las personas de que obtengan armas utilizando licencias falsas de conducir. Por otra parte, según la decisión, el obtener fotografías de las personas ayuda a la policía a determinar si la persona que tiene un certificado de registro de armas de fuego es en efecto la persona nombrada en el certificado.

Sobre el registro de las armas cada tres años, el Estado proveyó información especulativa sobre sus alegados beneficios. Ello no convenció al Tribunal, pues ese distrito ya posee leyes sobre el reporte inmediato de armas perdidas o robadas. “El sobrercargar a los dueños de armas con un ‘re-registro’ no se sostiene bajo una mera conveniencia administrativa para el distrito”, expresa la decisión.

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