U.S. Court of Appeals 1st Circuit

Convicto cuestiona suficiencia de prueba para fallo del jurado, 1er Circuito sostiene acusado tenía posesión constructiva de arma alterada

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Convicto cuestiona suficiencia de prueba para fallo del jurado, 1er Circuito sostiene acusado tenía posesión constructiva de arma alteradaMigdoel Berríos Bonilla esperaba en una barra. Rolando Torres Fernández conducía la guagua pick-up de Berríos Bonilla y llegó a la barra junto a cinco hombres y dos mujeres. Las mujeres, Verónica Álamo Gómez y María Rivera Mulero, llegaron allí en el carro de una de ellas. De allí salieron Berríos Bonilla, Torres Fernández, Rivera Mulero y Álamo Gómez y otros dos hombres a otra barra en la guagua pick-up de Berríos Bonilla. De allí fueron a un restaurante y del restaurante a un motel.

Al llegar al motel surgió una discusión entre Torres Fernández, quien iba siempre conduciendo, y un empleado del motel. Berríos Bonilla, quien iba en el asiento trasero con las dos damas, salió del carro y le dijo al Torres Fernández que se marcharan. El empleado del motel llamó a la Policía y les dio la descripción del vehículo.

Oficiales de la Policía hallaron el vehículo con los ocupantes frente a un restaurante. Mientras uno de los agentes se acercaba al carro, Berríos Bonilla sacó la cabeza por la ventana y vio al agente. Cuando el agente se identificó, Berríos Bonilla salió por la ventana trasera del vehículo y huyó.

Los agentes no pudieron alcanzar a Berríos Bonilla pero encontraron una pistola Glock modificada para disparar en automático y peines debajo del asiento que supuestamente ocupaba. En otros espacios del asiento trasero, los agentes supuestamente hallaron la licencia de conducir de Berríos Bonilla y un celular. Los agentes arrestaron a los demás ocupantes del vehículo esa noche.

Según el testimonio de Álamo Gómez, Berríos Bonilla la llamó y le dijo que cuando le preguntaran sobre él, ella debía decir que no lo conocía. Ella también testificó que en una de las barras, mientras bailaban, sintió algo duro en la parte de atrás del pantalón de Berríos Bonilla, pero que no sabía lo que era. Álamo Gómez también dijo que a pesar de que esa noche hubo muchos ocupantes en la guagua pick-up, ella no vio el arma saliendo por debajo del asiento hasta que Berríos Bonilla huyó de la escena.

Rivera Mulero, la otra dama que estaba en el asiento trasero de la guagua pick-up, no testificó en el juicio. Días más tarde, Berríos Bonilla se entregó a las autoridades.

Berríos Bonilla fue hallado culpable por un jurado por posesión de armas y por intentar manipular a una testigo de fiscalía. Luego de la convicción, Berríos Bonilla apeló. En la apelación cuestionó la suficiencia de la prueba con que fue hallado culpable. En su argumentación, también alegó que se le violó el derecho de confrontar a los testigos de fiscalía, cobijado bajo la Sexta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, y que las instrucciones al jurado fueron inadecuadas.

Berríos Bonilla particularmente pone en duda que se haya probado que él tenía conocimiento de la presencia del arma en su vehículo. En este caso, los fiscales alegaron que Berríos Bonilla tenía la posesión constructiva del arma. La posesión constructiva implica que la persona no está en posesión física del arma, pero que puede ejercer poder y dominio sobre el arma en cualquier momento, por sí mismo, o a través de otros.

A pesar de que Berríos Bonilla alega que fiscalía lo acusó por la mera proximidad al arma, el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito determinó que hay fuerte evidencia circunstancial que apunta al convicto como quien puso el arma allí. Para el Primer Circuito es relevante que Berríos Bonilla fue quien último ocupó ese espacio en el carro, que allí en el asiento trasero hallaron otras pertenencias suyas, y que para ellos no es razonable que una persona entre a un carro ajeno, se baje, y allí olvide su arma de fuego.

El Primer Circuito también señaló que la conducta de Berríos Bonilla al huir de la escena es importante porque es razonable concluir que tuviera temor de que la Policía lo hallara en posesión del arma. Esto, a pesar de que Berríos Bonilla dice que huyó para que no se le asociara con esas personas, porque al momento cumplía una probatoria.

Berríos Bonilla también argumentó que su convicción por intentar manipular testigos no debe sostenerse. Para ello indicó que el testimonio de Álamo Gómez no es creíble, ya que en una entrevista inicial con agentes federales, esta nunca dijo que Berríos Bonilla le pidiera que mintiera. O sea, el argumento es que fue algo que divulgó posteriormente, y una omisión previa debe ser suficiente para arrojar dudas sobre el testimonio.

El Primer Circuito sostuvo las convicciones. El tribunal halló que la prueba circunstancial es suficiente para las convicciones de armas. El Primer Circuito también explicó que asuntos de credibilidad las sopesa el Tribunal de Distrito y que el Tribunal Apelativo no entra a dar peso a evidencia sobre credibilidad de un testigo.

En cuanto a la alegación de que se violó su derecho a confrontar la prueba de manera adecuada, Berríos Bonilla se apoyó en el hecho de que no se le permitió utilizar una grabación de la entrevista inicial de los agentes federales con Álamo Gómez.

El tribunal, sin embargo, sí permitió que se utilizara una transcripción de la grabación como herramienta para impugnar a la testigo, cosa que hizo el abogado de Berríos Bonilla hábilmente. El acusado pretendía usar pedazos de la grabación para que el jurado evaluara el tono con que Álamo Gómez contestaba preguntas en la entrevista. Para la fiscalía, la grabación que la defensa solicitaba mostrar contenía prueba de referencia que sólo beneficiaba al acusado (“self-serving hearsay”), por lo que debía ser inadmisible. El Primer Circuito expresó que el Tribunal de Distrito ejerció su criterio adecuadamente, particularmente porque en partes de la grabación que no se expondrían, Álamo Gómez decía que le tenía miedo a Berríos Bonilla.

En cuanto a las alegadas fallas en las instrucciones al jurado, Berríos Bonilla planteó que no se explicó adecuadamente cómo opera la posesión constructiva y que entiende que se le halló convicto meramente porque el arma estaba en la guagua pick-up. Berríos Bonilla también cuestionó que no se le explicara al jurado que cuando fiscalía no utiliza la prueba más fuerte contra el acusado, el jurado puede considerar ese hecho en su deliberación. Para el acusado, fiscalía falló al no examinar las huellas dactilares en el arma y utilizar esa evidencia “más fuerte” en su contra.

En ambos casos, el Primer Circuito determinó que dichas instrucciones se le dieron al jurado en palabras sustancialmente similares a cómo el acusado propone que se debieron dar.

Reseña por el Lcdo. Cristian González