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Jueza federal condena abuso de Ley ADA para demandar negocios

La jueza federal Karen Molzen de Nuevo México recomendó la desestimación de cerca de 100 demandas presentadas bajo la Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés), a nombre de una misma persona, ya que estas fueron presentadas con un «propósito impropio».

Las demandas fueron presentadas en Nuevo México a nombre de Alyssa Carton, una mujer que sufre de espina bífida y requiere el uso de una silla de ruedas para moverse. Su abogada, Sharon Pomeranz, presentó 99 demandas, en las que alegó que una serie de lugares públicos y negocios violaban la Ley ADA y otras leyes relacionadas. Según la decisión de Molzen, las demandas contenían las mismas alegaciones y la única diferencia entre todas, era el nombre de los demandados.

Casos similares han sido presentados en Arizona, Nevada, Utah y Colorado, financiados por la misma compañía Litigation Management and Financial Services. Según reportó ABC, el grupo Litigation Management and Financial Services tiene relación con otra organización llamada AID, que en un periodo de seis meses presentó en Arizona 1,700 demandas por violaciones a la Ley ADA. El grupo fue investigado por el Departamento de Justicia de Arizona, y las demandas fueron desestimadas.

Durante las vistas y seguimiento del Tribunal se descubrió que la compañía había preparado un contrato confidencial con la mujer, en la que se le pagaría solo $50.00 dólares por demanda, mientras que todas las ganancias de los veredictos o transacciones corresponderían a Litigation Management Services y a la abogada que la representaba. La mujer desconocía que el contrato contenía dicha cláusula.

Durante las vistas resultó que la mujer sabía muy pocos detalles sobre la demanda y que incluso esta admitió bajo juramento que los casos eran maliciosos y abusivos. Además, surgió que esta tiene un interés genuino en mejorar las limitaciones que enfrentan las personas con diversidad funcional en lugares públicos. No obstante, esta desconocía el esquema de la compañía que le contrató. Su participación surge a partir de un anuncio de trabajo publicado en Craigslist, en el que se buscaban «activistas de la Ley ADA». La mujer declaró que esperaba que la organización le ayudase a comenzar conversaciones con los negocios para mejorar las barreras que afectaban a personas con diversidad funcional, antes de recurrir a la litigación.

«Tal parece que la abogada [Pomeranz] y [Litigation Management] están utilizando el proceso judicial para acosar a los demandantes y obtener ganancias financieras y no para remediar las violaciones de la Ley ADA que funcionaban como barreras a las personas con discapacidad en el acceso a los bienes y los servicios», escribió la jueza Molzen.

En cada demanda se argumentó que Carton comparecía en dos capacidades: como clienta de los demandados, quien había visitado cada uno de los negocios y a quien se le habían negado un disfrute equitativo de los servicios y productos que estos ofrecen; y como tester o persona que pone a prueba para propósitos de descubrir o encontrar barreras discriminatorias en contra de personas con discapacidad. La demandante presentó ademas dichos reclamos in forma pauperis, eximiéndosele de pagos de presentación. En ese sentido, existe una disposición que establece que cualquier demanda presentada in forma pauperis podría ser desestimada si el tribunal determinara que existe malicia y frivolidad.

En este caso, el Tribunal determinó que las 99 demandas debían ser desestimadas con perjuicio, ya que fueron presentadas con un propósito impropio. También determinó que los abogados mintieron sobre la condición financiera de la demandante, quien tenía los medios para pagar los gastos de la demanda y también mintieron sobre el acuerdo de litigación que tenían con ella.

Esta decisión de la jueza Molzen servirá como una recomendación a la Jueza Presidenta del Tribunal de Distrito de Albuquerque para que esta determine si los casos se desestimarán con perjuicio y se le requerirá a quienes los radicaron el pago de $40,000.00 dólares en gastos de presentación.

Esta no es la primera vez que se reseña un esquema abusivo utilizando la Ley ADA. El pasado mes de abril, el representante Manuel Natal Albelo, acompañado de los representantes Luis Vega Ramos, portavoz de la minoría en la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes, y Javier Aponte Dalmau, portavoz de la minoría en la Comisión de Pequeñas y Medianas Empresas de ese cuerpo legislativo, anunciaron la presentación de la Resolución de la Cámara 223, para investigar un alegado patrón, adjudicado a un abogado identificado como José Carlos Vélez Colón.

“La práctica consiste en enviarles cartas de reclamaciones extrajudiciales a estos comerciantes ofreciéndoles la oportunidad de transar una demanda por una posible violación a la Ley ADA y la alternativa es que aquellos que no opten por el curso de acción, se citan al Tribunal federal”, explicó Natal Albelo a la vez que mencionó que se ha registrado una proliferación de casos en la Isla, con el registro actual de 200 casos, según reseñado por Caribbean Business.

El representante señaló que en los pasados 10 años en Puerto Rico se radicaban no más de 20 querellas anuales como tope máximo, mientras que en el 2015 se registraron 79 y en el 2016 el número incrementó a 108 casos, todos llevados por el mencionado abogado.

Por su parte, Velez Colón defendió las demandas presentadas indicando que estas no son frívolas ni diseñadas para extorsionar a los comerciantes. «Todas nuestras demandas están fundadas en hechos. Todas las opiniones del Tribunal federal en Puerto Rico han sido favorables. Ningún caso jamás se ha declarado frívolo o infundado. Y sí, el estatuto provee para que se paguen los honorarios de los abogados, porque sería como decirles a los abogados que defienden a los niños de educación especial que no cobren por representarlos. Los honorarios en el tribunal federal cuestan, en ese sentido nosotros somos profesionales, como cobran los médicos por atender a una persona enferma yo cobro por mi trabajo”, señaló.