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Lo que todo patrono debe saber ante la nueva orden ejecutiva para controlar el COVID-19

La Orden Ejecutiva 2021-014 para prevenir y atender los contagios con COVID-19 en Puerto Rico entró en vigor hoy, lunes, 8 de febrero de 2021.

Descarga la OE 2021-014

En Microjuris.com preparamos un resumen sobre lo que deben conocer los patronos y las personas que gerencien empresas durante la vigencia esta nueva orden ejecutiva, que regirá hasta el domingo, 14 de marzo de 2021.

¿Quiénes pueden abrir?

Podrán abrir quienes ofrezcan servicios comerciales, industriales, de manufactura, construcción, de ventas, de salud o médico, funerarios, recreativos, casinos, hípicos, deportivos, agropecuarios, agrícolas, cinematográficos, financieros, comunitarios, servicios al consumidor, profesionales, no profesionales, centros de cuidos, religiosos y otros que no estén expresamente prohibidos en la orden.

Hora de cierre

Los comercios podrán abrir hasta las 11:00 p.m.

Toque de queda 

El toque de queda será desde las 12:00 a.m. hasta las 5:00 a.m.

Promover las medidas de prevención

Los comercios deben promover medidas de prevención como los seis pies de distanciamiento físico entre las personas, uso de mascarillas sobre la nariz y la boca, lavado de manos y promover la estancia de visitantes el menor tiempo posible.

Ocupación en negocios

Se amplió a un 50% la ocupación máxima en los negocios.

Los comercios deben continuar observando las reglas de distanciamiento y mascarilla.

Excepción para espacios abiertos

Los espacios al aire libre podrán operar sin la limitación del 50% de capacidad. Sin embargo, deberán mantener siempre el distanciamiento de seis pies entre personas que no sean de la misma unidad familiar.

Restaurantes  

Se mantiene en 30% la ocupación máxima en los restaurantes y se deben mantener seis pies de distanciamiento entre las mesas.

Excepción para espacios abiertos

Los espacios al aire libre podrán operar sin la limitación del 30% de capacidad. Sin embargo, deberán mantener siempre el distanciamiento de seis pies entre personas que no sean de la misma unidad familiar.

Cines

Se mantiene la ocupación máxima de 30% en los cines.

Centros comerciales

En los centros comerciales formato cerrado, se limitará la ocupación de capacidad a razón de una persona por cada 75 pies cuadrados en los pasillos.

Limpieza al final

Cada establecimiento debe reservar un espacio de tiempo al final de la operación diaria para limpieza y desinfección.

Un proceso igual deberá llevarse para limpiar y desinfectar los carritos de alimentos, artículos de belleza, gimnasios y cualquier otro artículo de asistencia al ciudadano que sea utilizado frecuentemente por distintas personas.

Facultad para prohibir o restringir la operación

El secretario del Departamento de Salud, Carlos Mellado, está facultado para prohibir la operación, restringir la operación o los horarios de servicios de ciertas industrias y sectores del comercio, si determina que representa un riesgo a la salud.

Asegurar las filas

La persona comerciante, dueña, administradora o análoga deberá asegurarse de fiscalizar las filas de espera dentro y fuera de los estacionamientos, el aglomeramiento dentro del establecimiento y el cumplimiento de la capacidad.

Anunciar ocupación máxima

Los comercios deben colocar un afiche con el porciento máximo de ocupación.

Denunciar incumplimiento

Las personas pueden denunciar incumplimiento a través del (787) 522-6300 extensiones 6899, 6840, 6824 y 6833. El correo electrónico es investigaciones@salud.pr,gov.

Denunciar contagios

Será obligación de cada patrono el comunicar casos sospechosos y confirmados de COVID-19 entre su plantilla de empleados al Departamento de Salud a través de covidpatronos@salud.pr.gov.

Registrarse en el BioPortal 

El gobernador Pedro Pierluisi exhortó a que los comercios se registren en el Bio Portal del Departamento de Salud para monitorear los casos expuestos y confirmados.

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