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La inclusión de perspectiva de género en la Constitución

La abogada constitucionalista y profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, Yanira Reyes Gil, conversó con Microjuris sobre el tema.

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Ante el 70 aniversario de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la abogada constitucionalista y profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, Yanira Reyes Gil abogó por la inclusión de la perspectiva de género para permitir la construcción de una sociedad más democrática, incluyente y sostenible.

Reyes Gil argumentó que la perspectiva de género permitiría prevenir la discriminación contra la mujer, asimismo opinó que el análisis con respecto a las violencias de género debe abordarse de manera transversal.

“Definitivamente, es necesaria. Yo creo que la Constitución de Puerto Rico es masculina, y no incluye a las mujeres de ninguna forma. Simplemente tiene unas disposiciones de igualdad formar. La perspectiva de género en un proceso Constituyente implicaría una reforma constitucional que atiendan los asuntos de las mujeres y, además, que se hagan sus interpretaciones a las disposiciones que existen ahora mismo con esta perspectiva de género. La Constitución de Puerto Rico fue una de avanzada en su momento con respecto a los derechos civiles y humanos”, dijo.

Enfatizó, además, en la necesidad de impulsar la perspectiva de género en la educación con el propósito de acabar con las prácticas patriarcales desde las edades tempranas. Para esto, la licenciada aseguró que se debe abordar la perspectiva de género desde un enfoque colectivo y desde el estado en todas las políticas públicas.

Países como Argentina, Francia, Ecuador, Alemania, Colombia han elevado a rango constitucional la perspectiva de género, dándole un énfasis a la promoción de igualdad, así como la valoración del trabajo doméstico o no remunerado. La Constitución de Puerto Rico no ha sido enmendada desde el año 1970, cuando se redujo la edad para votar a los 18 años.

“La parte que presentaba el asunto de los derechos humanos, que se estaba desarrollando fuerte en esos momentos, es la Sección 20. Esa, como sabemos fue eliminada por el Congreso de los Estados Unidos. Esa disposición de la Sección 20 incluía algunos asuntos que hubieran podido ser de mucho beneficio para las mujeres en Puerto Rico, pero fue eliminada. Así que, en estos momentos, yo creo que es un buen momento para sentarnos a mirar la Constitución y ver qué se nos quedó fuera y en cuales se ha quedado corta”, recordó.

Reyes Gil indicó que es esencial que el Estado evite presentar políticas públicas huecas, y comience a adoptar medidas afirmativas para que los sectores históricamente marginados puedan participar de los asuntos públicos y desarrollar su autonomía. “Se trata entonces de un análisis desde la igualdad real o material, distante a lo que rige aquí que se limita, si acaso, a una igualdad formal”.

“Así que, cuando yo planteo que es necesaria una revisión de la Constitución con perspectiva de género, planteo particularmente unas cosas. La necesidad de paridad en espacios públicos, como medida constitucional. Esa participación igualitaria requiere algo más, no solamente que se apruebe una ley ni enmienda a la Constitución, requiere también de unas modificaciones de las comisiones subyacente de la vida de las mujeres. A la medida en que las mujeres estén sujetas a las tareas del cuidado, recibir menor paga por igual trabajo, sean responsables de las tareas domésticas y estén vulnerables a situaciones de violencia doméstica, jamás estarán en igualdad de condiciones para poder participar de la vida pública”, abundó.

Destacó, de igual forma, que la Constitución de Puerto Rico incluye una prohibición al discrimen por razón de sexo. No obstante, esta prohibición es solo en el sector público, por lo que el discrimen hacia las mujeres en empresas o instituciones privadas no está cubierto por la disposición constitucional. Tampoco están incluidas, por lo tanto, las manifestaciones de discrimen en el ámbito privado o familiar.

“Implementar en Puerto Rico estas propuestas implicaría reconocer que las mujeres vivimos en desigualdad y violencia. Que acercarnos a los derechos sin perspectiva de género implica una invisibilización de los problemas que atañen principalmente a las mujeres. Además, implicaría no solo atender estos asuntos de forma descriptiva o con paliativos, sino con acciones concretas. Nombrar lo innombrable, que el derecho y la constitución tienen sexo, su norma es masculina y nos excluye. Sería comenzar a trabajar para lograr un país más justo. Sería soñar con una constitución feminista”, sostuvo.