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Ante el Senado la aprobación de nueva Ley de Protección al Consumidor Solar

DACO tendrá jurisdicción primaria para atender, investigar y resolver quejas y querellas presentadas por consumidores en la compraventa e instalación de sistemas solares.

La Comisión de Desarrollo Económico, Servicios Esenciales y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico presentó un Segundo Informe Positivo recomendando la aprobación de la propuesta que crearía «Ley de Protección al Consumidor Solar«.

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El Proyecto del Senado 1047, según radicado por la senadora Gretchen M. Hau, proponía crear la «Ley de Cumplimiento de Garantías de Sistemas de Placas Solares», pero fue enmendado durante el trámite legislativo.  La medida está pendiente de ser consideracda en votación final por el pleno del Senado.

Descarga la medida según enmendada

En su exposición de motivos, la propuesta legislativa indica que el sistema eléctrico de Puerto Rico no es confiable puesto que en los últimos años no ha cumplido con su función de proveer la electricidad necesaria al país. Por lo cual, se prevé que el número de personas adquiriendo sistemas solares continúe en aumento y se hace indispensable adoptar un marco jurídico regulatorio eficaz que proteja a este consumidor.

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Según el informe legislativo, la medida, por recomendación del Departamento de Asuntos del Consumidor y el Negociado de Energía de Puerto Rico, adopta como marco de referencia la Ley 107-2019, según enmendada, conocida como «Ley de Cumplimiento de Garantía de Generadores Eléctricos».

Este estatuto fue aprobado precisamente como una respuesta para proteger al consumidor puertorriqueño adquirente de generadores eléctricos, y con el cual, se promueve un andamiaje legal y administrativo para atender quejas o querellas que resulten en esa industria.

La medida establece los requisitos específicos de contenido en los contratos solares y el derecho del consumidor de cancelar su contrato dentro de un término específico tras la firma; una garantía mínima para cobijar a los consumidores ante la entidad instaladora; un proceso para asegurar que todo consumidor será escuchado y atendido por el foro gubernamental pertinente; las obligaciones del Gobierno para educar a los consumidores solares con relación a sus derechos,  entre otras disposiciones específicas en protección de los consumidores solares.

Cualquier violación a las disposiciones de esta Ley, o a las órdenes o resoluciones emitidas al amparo de la misma, conllevarán una multa de hasta  $10,000 dólares, o hasta el máximo que le sea permitido al DACO.