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El Senado de Puerto Rico aprobó unánimemente el Proyecto de la Cámara 854, que crearía la Ley para Garantizar el Acceso a Servicios Esenciales en Situaciones de Emergencia.
La medida busca establecer disposiciones para asegurar la continuidad de los servicios esenciales como la energía eléctrica y agua potable durante períodos de emergencia declarados por el Gobernador de Puerto Rico o el Presidente de los Estados Unidos.
Según el proyecto de ley, desde que se emita un aviso de tormenta tropical o huracán para Puerto Rico, o desde que el Presidente de los Estados Unidos de América o el Gobernador de Puerto Rico declare un estado de emergencia o desastre relacionado con el paso o efectos de una tormenta tropical o huracán, queda prohibido interrumpir por falta de pago los servicios de energía eléctrica y de acueductos y alcantarillados. Sin embargo, estas disposiciones no se aplican a clientes comerciales o industriales.
La ley permiría que voluntariamente y a iniciativa propia, la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, así como la entidad pública o privada encargada de facturar y cobrar por el servicio de energía eléctrica en Puerto Rico, puedan extender tales beneficios a clientes comerciales o industriales.
La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados y el Negociado de Energía de Puerto Rico tendrían la responsabilidad de adoptar, derogar, enmendar o modificar los reglamentos aplicables para la implementación adecuada de esta ley.
El proyecto también propone la imposición de penalidades para quienes incumplan con las disposiciones de la ley.
Tras ser aprobada en el Senado con enmiendas del informe y de sala, la medida regresa a la Cámara de Representantes, para su evaluación.
La pieza legislativa fue radicada por el representante José O. González Mercado.