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El Senado de Puerto Rico aprobó el Proyecto de la Cámara 1355, presentado por el representante Ángel Matos García y suscrito por el representante Gabriel Rodríguez Aguiló, que tiene como objetivo enmendar varios artículos de la Ley de Armas. Las enmiendas propuestas están relacionadas con la expedición de licencias de armas para miembros de la Policía Municipal.
Específicamente, el proyecto de ley busca enmendar los Artículos 2.02, 3.05, 6.03 y 6.23, las cuales permitirían que cualquier persona que haya juramentado como miembro del Cuerpo de la Policía Municipal pueda obtener una licencia de armas, incluso si no ha alcanzado la edad de 21 años. Sin embargo, la persona debe ser mayor de 18 años y presentar documentación que demuestre su condición de miembro de dicho cuerpo policial.
El objetivo principal de esta enmienda es permitir que los miembros del Cuerpo de la Policía Municipal tengan acceso a una licencia de armas, independientemente de su edad, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos establecidos en la ley.
Actualmente, la Ley de Armas permite que los miembros del Negociado de la Policía obtengan una licencia de armas si han juramentado y son mayores de 18 años, sin necesidad de haber cumplido los 21 años.
Sin embargo, los miembros de los Cuerpos de la Policía Municipal, a pesar de desempeñar una función importante en la protección de la seguridad pública, no pueden obtener una licencia de armas para ejercer sus funciones como agentes de orden público hasta cumplir los veintiún 21 años de edad, según la ley vigente.
La medida contó 19 votos a favor y 3 votos en contra al momento de ser aprobada por el Senado, y deberá pasar a la Cámara de Representantes para su consideración.