U.S. Court of Appeals 1st Circuit

Primer Circuito desestima convicciones, fiscalía no probó conocimiento para probar complicidad

Primer Circuito desestima convicciones, fiscalía no probó conocimiento para probar complicidadDescarga el documento: United States v. Rodríguez-Martínez

En agosto de 2012, oficiales de la Policía del Municipio de Carolina detuvieron el Honda Accord donde viajaban José Rodríguez Martínez, de pasajero, y Joel Santini Méndez, al volante, por alegadamente tener tintes demasiado oscuros. Los policías que intervinieron alegan que Rodríguez Martínez se bajó del carro para hablar por el celular y que se notaba nervioso. El testimonio del policía indica que al observar a Rodríguez Martínez nervioso le pidió que se levantara la camisa, a lo que Rodríguez Martínez se negó, preguntando el porqué al oficial. El oficial le levantó la camisa a Rodríguez Martínez y pudo ver una pistola Glock calibre .45. Acto seguido, el segundo oficial en la escena registró a Santini Méndez y en sus bolsillos halló polvo blanco que parecía cocaína, 13.1 gramos de marihuana y $1,029 en efectivo.

En el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico se halló causa para juicio contra ambos como cómplices en tentativa de distribución de narcóticos y complicidad en la posesión de un arma de fuego para cometer un delito. Luego se halló causa contra Rodríguez Martínez por posesión de un arma de fuego por un criminal condenado, cargo por el que se declaró culpable. Luego de tres días de juicio, el jurado declaró culpables a ambos acusados. Ambos fueron sentenciados a 88 meses de prisión; Rodríguez Martínez recibió 10 meses adicionales por el tercer cargo.

Los convictos apelaron al Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito alegando que la prueba presentada por fiscalía era insuficiente para probar los delitos imputados. En estos casos, el Primer Circuito debe evaluar si un jurado razonable hallaría que fiscalía pudo probar cada elemento del delito más allá de duda razonable.

En cuanto a acusaciones por complicidad, el Primer Circuito indicó que fiscalía debe establecer que el acusado poseía conocimiento de antemano sobre las circunstancias y elementos del delito. Según el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, según lo cita el Primer Circuito, conocimiento de antemano implica que el cómplice tenía algún tiempo para hacer algo– como por ejemplo, alejarse de quien comete el delito.

Los hechos, según el Primer Circuito, indican que Santini Méndez confesó poseer el polvo que parecía cocaína para re-venta y la marihuana para uso personal. El Primer Circuito razonó que la evidencia muestra que Santini Méndez y Rodríguez Martínez son concuñados, que andaban juntos en el vehículo el día que los detuvo la policía, y que, según el testimonio de un oficial de la policía, Rodríguez Martínez estaba nervioso. La evidencia no muestra cuánto tiempo estuvieron en el carro, la estrechez de la relación entre los acusados, ni otros hechos que apunten a que Rodríguez Martínez conocía sobre lo que Santini Méndez guardaba en los bolsillos. Según la prueba presentada, no fue hasta que se le halló la pistola a Rodríguez Martínez, y se palpó el bolsillo de Santini cuando se le registró, que se le hallaron los narcóticos, o sea, que no estaban a simple vista de manera que se pudiese alegar que Rodríguez Martínez debió haberlo observado.

Santini Méndez fue convicto por posesión de un arma de fuego para la comisión de un delito en su modalidad de conspiración, ya que según la prueba Rodríguez Martínez era quien cargaba con el arma de fuego. Sobre este cargo, el Primer Circuito indica que cuando se acusa por posesión de un arma de fuego a quien no tenía posesión inmediata del arma, fiscalía debe probar que este sabía o tenía motivos para saber que con quien estaba, cargaba un arma de fuego, de manera que pudiese tomar posesión de ella fácilmente. En este caso, Rodríguez Martínez tenía posesión de un arma, la cual tenía escondida en su ropa. El testimonio del oficial que halló el arma indica que registró a Rodríguez Martínez porque le pareció sospechoso que estuviese nervioso hablando por celular fuera del vehículo durante la intervención. Del testimonio no surge que el oficial hubiese percibido la presencia del arma de fuego en la persona de Rodríguez Martínez.

El Primer Circuito desestima ambos cargos, indicando que sostener las convicciones de Rodríguez Martínez y Santini Méndez equivaldría a condenar a un acusado por su mera presencia en el lugar donde se comete un crimen, por lo que desestima dicha convicción.

Se mantienen, sin embargo, la convicción por posesión de drogas con intención de distribuir contra Santini Méndez y la convicción por posesión de un arma de fuego por la que Rodríguez Martínez se había declarado culpable.

Reseña por el Lcdo. Cristian González