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Acueductos emite orden administrativa: Mira las prácticas que pueden conllevar multas

Acueductos emite orden administrativa: Mira las prácticas que pueden conllevar multasEl pasado 15 de junio de 2015, la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados emitió la Orden Administrativa 2015-02 con el propósito de regular el uso de agua potable durante la vigencia de la sequía.

En específico, se regulará el uso del agua potable para prohibir el desperdicio y extender la duración de los abastos de agua mientras dure la sequía, denominada como un estado de emergencia por el Gobernador Alejandro García Padilla. Las violaciones a esta orden conllevarán la expedición de multas administrativas por una cantidad de 250 a 750 dólares.

Descarga y lee la Orden Administrativa 2015-02 (*.PDF)

Esta orden administrativa entró en vigor el mismo 15 de junio. No obstante, hasta el 30 de junio de 2015 se emitirán advertencias y no multas.

Así pues, mientras esté en vigor el estado de emergencia por sequía, y a partir del 1 de junio de 2015, so pena de recibir las mencionadas multas, se prohíbe utilizar o permitir que se use el servicio de agua potable de la AAA para las siguientes actividades:

  • Regar plantas, jardines, siembras, cementerios, campos de golf con mangueras o cualquier sistema de irrigación. Se exceptúan de la prohibición los viveros.
  • Lavar con manguera o equipo a presión superficies impermeables, tales como aceras, marquesinas, estacionamientos, áreas comunes de condominios, techos, tejas, fondos de piscinas y estructuras similares
  • Lavar automóviles y otro tipo de vehículos con mangueras o artefactos similares. Se excluye de esta prohibición el lavado de equipo de emergencias que requieran limpieza. Esta excepción será válida siempre y cuando se utilicen aditamentos que conserven el agua.
  • Operar o rellenar tanques o fuentes de agua que no recirculen el agua.
  • Dar mantenimiento a cisternas o tanques si ello conlleva descartar más del 85% del agua almacenada sin reutilizarla.
  • Usar agua con fines recreacionales. Ejemplo: pegarse la manguera, chorreras, piscinas
  • Tener salideros o cualquier defecto en el sistema de plomería que produzca escapes de agua potable y que se pueda determinar a simple vista
  • Dejar correr el agua de forma indiscriminada.

El área geográfica designada incluye 48 de los 78 municipios de la isla, incluyendo a las islas municipio de Vieques y Culebra. Entre los otros municipios a los que las restricciones son aplicables se encuentran: Ponce, San Juan, Luquillo, Aguas Buenas, Aibonito, Cayey, Canóvanas, Dorado, Carolina y Cidra entre otros.

Las personas multadas tendrán 10 días calendario a partir de la notificación para solicitar una revisión administrativa. Luego de ese tiempo se entenderá aceptada la multa.