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Juez Torruella cuestiona por qué el Congreso intencionalmente dejó a Puerto Rico a merced de sus acreedores

Según el juez del Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito, Hon. Juan R. Torruella del Valle, las enmiendas de 1984 al Código de Quiebras federal —que quitan la protección de quiebras a los municipios de Puerto Rico— son inconstitucionales. Opinó a su vez que no hay base racional para que se discrimine contra Puerto Rico en cuanto al tema de quiebras. El juez también criticó la opción que ofrece la opinión mayoritaria al gobierno de Puerto Rico –acudir al Congreso de Estados Unidos cuando no tenemos representación en él, y felicitó al gobierno por crearse opciones con la llamada “quiebra criolla”, aunque fuese declarada ilegal.

Juez Torruella cuestiona por qué el Congreso intencionalmente dejó a Puerto Rico a merced de sus acreedoresEl juez del apelativo federal, Juan R. Torruella del Valle, emitió una opinión concurrente (p. 50) para el caso que declara inconstitucional la Ley para el Cumplimiento con las Deudas y para la Recuperación de las Corporaciones Públicas (“ley de quiebra criolla”). Su opinión comienza explicando que para el año 1938, la definición de “estado” en el Código de Quiebras federal también se refería a Puerto Rico.

En aquel momento, acogerse a la protección de un proceso de quiebras era posible para los municipios de Puerto Rico. Una enmienda al Código de Quiebras federal en el 1984 eliminó esta posibilidad para los municipios puertorriqueños.

El juez Torruella del Valle indicó que estaba de acuerdo con que la ley denominada “quiebra criolla” es inválida. Sin embargo, aclaró inmediatamente que también opinaba que las enmiendas de 1984 son inválidas porque constituyen un trato dispar a Puerto Rico sin una base racional que lo justifique.

La Constitución de los Estados Unidos otorga al Congreso el poder de establecer leyes sobre quiebra uniformes para todos los Estados Unidos. Por ello, el juez expresa que el trato dispar a Puerto Rico en el tema de quiebras (a raíz de las enmiendas de 1984) va en contra del poder constitucional otorgado al Congreso.

Aún bajo la premisa de que el Congreso puede legislar de manera distinta en cuanto a Puerto Rico, el juez indicó que tiene que existir una base racional para ello. Según el juez, las enmiendas son arbitrarias e irracionales y no existe récord legislativo que nos ayude a determinar el razonamiento del Congreso de 1984 al enmendar las leyes de quiebra de manera discriminatoria hacia Puerto Rico.

Las enmiendas de 1984 privaron al gobierno de Puerto Rico de controlar, manejar y regular sus asuntos financieros. Los municipios son creación de los estados. Manejar sus asuntos financieros es una función fundamental e inherentemente gerencial, la cual, según el juez, no guarda conexión alguna con los intereses del Congreso.

De hecho, el juez cita la sección 37 de la Ley de Relaciones Federales para sostener que Puerto Rico posee la facultad expresamente delegada de manejar sus municipios.

Según Torruella del Valle, el Primer Circuito ha establecido que el Congreso debe tener razones de política pública para inmiscuirse en los asuntos locales de Puerto Rico de manera distinta a como lo hace con los estados.

El juez Torruella del Valle tampoco avaló la propuesta que ofrecía la opinión de la juez Sandra Lynch. La sugerencia de la juez era que el gobierno puertorriqueño pidiese ayuda económica al Congreso. Según el juez Torruella del Valle esa sugerencia no tenía sentido porque Puerto Rico no es realmente parte del proceso político federal.

El juez criticó fuertemente la indiferencia del tribunal al tratar el asunto ante sí. El trato dispar que sufre Puerto Rico ante el Congreso, que permite legislación que afecta la isla, es evidencia clara de la relación colonial en la que se encuentran.

Dicha relación contraviene las leyes y la Constitución estadounidense.

El juez Torruella del Valle felicitó al gobierno de Puerto Rico por crear alternativas para salir de la crisis económica al crear la “quiebra criolla” aunque finalmente fuese declarada inválida legalmente.

Al finalizar, el juez Torruella del Valle cuestiona el por qué el Congreso de Estados Unidos privó intencionalmente a Puerto Rico del remedio que provee un proceso de quiebras, lo que ha tenido el efecto de dejarlo a merced de sus acreedores. El juez se preguntó la razón legítima para ello y sugirió que su único propósito lógico es el de situar a los acreedores de Puerto Rico en una posición que solo les favorece a ellos, en detrimento de 3.5 millones de ciudadanos.

En su conclusión, el juez afirmó que las enmiendas de 1984 son inconstitucionales y que el gobierno de Puerto Rico debe gozar de la libertad de autorizar a sus municipios el que se acojan a la protección que el procedimiento de quiebras provee.

por el Lcdo. Cristian González