Establece el crédito únicamente por aquella inversión en Infraestructura de vivienda verificable y recomendada por los oficiales designados del Departamento de la Vivienda y del Departamento de Hacienda cuando sea analizada la solicitud de créditos; tope máximo de créditos por año; aumento o reducción del crédito del peticionario; disponibilidad de infraestructura; cargos a terceros por el uso de la infraestructura; requisitos, derechos y aprobación para la solicitud de crédito; concesión final; fianza; certificación de venta de vivienda a personas o familias elegibles; cambio de control del desarrollador.
Lea el reglamento completo: [Reglamento 8226]