Ley de Puerto Rico

Ley de becas para viudo e hijos entre 21-25 años de bomberos y agentes NIE fallecidos

Autoriza la concesión de becas para el pago de matrícula en cualquier institución educativa, al cónyuge supérstite mientras permanezca en estado de viudez, e hijos entre 21 y 25 años de edad que cursen estudios post secundarios, de los miembros del Cuerpo de Bomberos y el NIE que hayan fallecido en el cumplimiento del deber.

Lea la Ley completa: [Ley Núm. 215-2012] del 30 de agosto de 2012.

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