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¿Quién tiene derecho sobre las Leyes de Puerto Rico y sus anotaciones oficiales?

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Por el licenciado Víctor Rodríguez-Reyes, Ferraiuoli LLC

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos decidió en Georgia v. Public Resource.org, Inc. que el código oficial de leyes anotadas del estado de Georgia estaba en el dominio público junto a sus anotaciones.

Esta decisión del 27 de abril de 2020 no se basa en un error en el registro del copyright o en la falta de alguna formalidad. La decisión está basada en la imposibilidad de que nazcan derechos de autor sobre materiales legales preparados por las autoridades que las crean. Dicho de otra forma, quien crea una norma legal no puede tener ningún derecho de autor o copyright sobre la norma. Esto se conoce como la doctrina de edicto gubernamental.

En este caso, la falta de copyright se extiende a las anotaciones que son reconocidas por ley como oficiales, sin importar que fueran desarrolladas por una casa publicadora privada mediante un acuerdo con la autoridad legal. Este tipo de acuerdo entre la autoridad legal y una casa publicadora es común.

En Puerto Rico, existe ese tipo de acuerdo para la publicación de las leyes anotadas oficiales, si bien existen algunas diferencias en comparación con el caso de Georgia. Los por mayores de cómo la legislatura puede llegar a dicho acuerdo están establecidos en la Ley Núm. 395 del 11 de mayo de 1950.

En el año 2013, el senador Eduardo Bhatia Gautier presentó el Proyecto del Senado 528, que tenía el propósito de establecer que las Leyes de Puerto Rico Anotadas estaban en el dominio público y podían ser publicadas libremente en internet.

A pesar de ser aprobado en el Senado y la tener recomendación positiva de la Comisión de Gobierno en la Cámara de Representantes, el proyecto 528 no fue aprobado.

La legislación federal de copyright ocupa el campo en cuanto a las facultades allí establecidas para los dueños de las obras. Sin embargo, se ha permitido cierto espacio a los estados para crear derechos adicionales como, por ejemplo, derechos morales para los autores.

Al día de hoy, las Leyes Anotadas de Puerto Rico tienen el siguiente disclaimer legal:

«LEYES DE PUERTO RICO ANOTADAS(c) LEYES DE PUERTO RICO ANOTADAS Derecho de Propiedad; 1955-2019 por el Secretario de Estado de Puerto Rico y LEXISNEXIS de Puerto Rico, Inc. Derechos reservados». 

La validez de esos derechos reservados dependerá de la aplicación de Georgia v. Public Resource.org, Inc.

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