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4 sentencias de la jueza designada al Supremo, Maritere Brignoni, que debes conocer

La gobernadora Wanda Vázquez Garced anunció la nominación de la jueza del Tribunal de Apelaciones, Maritere Brignoni Mártir, para ocupar la vacante que habrá en el Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) a partir del 24 de diciembre de 2020.

Han sido muchas las determinaciones que la jueza Brignoni Mártir ha tenido que revisar desde el Tribunal de Apelaciones. En algunas ocasiones, Brignoni Mártir ha sido la jueza ponente y en otras ha sido la voz disidente.

Microjuris.com te trae adelanta al menos cuatro de sus intervenciones más destacadas por nuestro buscador.

1. El Supremo le da la razón a su disidente en un caso de familia

El Tribunal Supremo de Puerto Rico la dio la razón a la jueza apelativa Brignoni Mártir en el caso Silva Barreto v. Tejada Martell.

Se trataba de un caso donde el Tribunal de Primera Instancia había adjudicado la custodia de dos menores a la madre que había recibido una gran oferta de trabajo en Perú.

El Tribunal de Primera Instancia decidió que lo mejor era que los menores se mudaran junto a su madre, Katia M. Silva Barreto.

Mientras, el padre, Gonzalo F. Tejada Martell, solicitaba que (1) la madre le reembolsara el dinero de un proceso de ortodoncia para los menores y las mensualidades de la escuela de los menores, y que (2) se le tomara deposición a la trabajadora social en el caso.

El Tribunal de Primera Instancia negó la petición y la reconsideración del padre. Luego, Tejada Martell acudió al Tribunal de Apelaciones.

El tribunal apelativo desestimó el recurso porque Tejada Martell no podía utilizar un solo recurso para impugnar conjuntamente dos dictámenes que se emitieron de forma separada.

El Tribunal Supremo determinó luego que era viable impugnar dos asuntos, aunque diversos, dentro de un mismo trámite en alzada.

«El mero hecho de que existan resoluciones separadas no es razón suficiente para exigirle a la parte en desacuerdo que presente igual número de recursos como de determinaciones promulgadas», señala la determinación del Supremo, por voz del juez Roberto Feliberti Cintrón.

«La Jueza Brignoni Mártir emitió un voto disidente en el que indicó que hubiera revisado al menos la sentencia parcial en pro de la economía procesal, para salvaguardar el derecho a apelar y porque se había pagado aranceles correspondientes a un recurso«, puntualizó el Supremo.

2. Concede deferencia a Corrección

A mediados de 2016, Efraín Osorio Iglesias, una persona confinada en la Institución Correccional de Bayamón 292, solicitó que el Tribunal de Apelaciones revisara una resolución del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) que le privó de visita, comisaría y recreación por 40 días.

La jueza confirmó la determinación del Departamento de Corrección y Rehabilitación.

«Los tribunales apelativos deben conceder una gran deferencia a las decisiones que dictan las agencias», señaló la jueza.

3. Confirma sentencia penal

El señor William González Acosta solicitó que el Tribunal de Apelaciones revisara su sentencia, luego que un Tribunal de Primera Instancia le encontró culpable por delitos relacionados a un robo.

González Acosta señaló en su petición al Tribunal de Apelaciones que no había prueba suficienre de su presencia en el lugar de los hechos y que su identificación fue contradictoria y viciada.

Sin embargo, la jueza Brignoni Mártir recordó en su sentencia que «la evidencia directa de una persona testigo que merezca entero crédito es prueba suficiente de cualquier hecho«.

«En ausencia de una demostración de que hubo pasión, prejuicio, parcialidad o error manifiesto, cuando el juzgador dirime credibilidad, no debe intervenirse con la apreciación de la prueba», puntualizó la jueza.

4. Una voz disidente en un caso laboral

A finales de 2014, Walter Rodríguez Adrovet presentó una querella por despido injustificado contra las empresas Coming Soon House y Johncristmig House.

Las empresas presentaron su contestación. Luego, Coming Soon House y Johncristmig House presentaron una segunda contestación enmendada.

Rodríguez Adrovet se opuso a la solicitud de enmienda, pero el Tribunal de Primera Instancia autorizó la enmienda a la contestación.

Inconforme, Rodríguez Adrovet recurrió al Tribunal de Apelaciones. De acuerdo con el demandante, se trataba de un proceso sumario —donde no hay controversia sobre los hechos— y las empresas intentaban presentar defensas a las que ya habían renunciado.

El panel del Tribunal de Apelaciones decidió que Rodríguez Adrovet había llegado tarde al tribunal para presentar su petición.

Sin embargo, la jueza Brignoni Mártir presentó un voto disidente.

«Opino que establecer un término más corto que el dispuesto por las reglas de procedimiento civil para recurrir de una determinación interlocutoria, cuando la ley especial y la jurisprudencia interpretativa guarda silencio sobre el mismo, tiene el efecto de afectar el derecho de las partes acreedoras a un remedio válido en derecho», expone la jueza en su voto disidente.

«A la luz de los planteamientos esbozados, entiendo que nuestra intervención tendría el efecto de evitar una grave injusticia«, señaló la jueza.

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