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Aunque la Organización Mundial de la Salud (OMS, en español) declaró el fin de la emergencia sanitaria internacional por COVID-19 y el presidente Joe Biden puso fin a la emergencia nacional por la pandemia, esto no convierte en letra muerta la Ley Núm. 37-2020, que estableció una licencia especial de cinco días por emergencias de salud pública.
Así lo aseguró a Microjuris el abogado y profesor de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, Jaime Sanabria.
La Ley Núm. 37-2020 estableció que:
Durante declaraciones de estado de emergencia decretados por el Gobernador de Puerto Rico o por el secretario del Departamento de Salud, […] el empleado que sufriere o hubiera sospecha de que sufriere la enfermedad o epidemia que provoque el estado de emergencia, una vez agotada la licencia por enfermedad, podrá hacer uso de toda licencia a las que tiene derecho y que tuviere acumulada.
Si el empleado continuare enfermo, se le concederá una licencia de emergencia con paga de hasta cinco (5) días laborables.
La pregunta recurrente, a palabras de Sanabria, es si la determinación de la Organización Mundial de la Salud sumada a las expresiones del presidente Biden en abril 2023 dejan sin efecto la Ley Núm. 37-2020.
«La respuesta es que no. La ley de Puerto Rico sigue aplicando. Toda empresa tiene que reconocerla en sus manuales (la licencia). Toda empresa tiene que reconocerle ese derecho a los cinco días de emergencia a cada empleado que lo solicite. Recuerden que es para emergencias declaradas como una situación de salud pública en Puerto Rico. O sea, una epidemia o una pandemia. Siempre y cuando esa declaración se dé, el empleado va a tener un derecho a cinco días de licencia por cada emergencia declarada», respondió Sanabria.
El abogado recordó que «no son cinco días que se acumulan al año subsiguiente. […] Son cinco días por cada declaración de emergencia».
«En días recientes, todos escuchamos en las noticias que se declaró una emergencia de salud pública por la viruela del mono. Ustedes como empresa deben estar conscientes que —aparte de la declaración de emergencia que hubo con el COVID, que ya no existe— la viruela del mono hubiese motivado que ustedes en sus empresas le reconocieran esos cinco días a cualquier empleado que tuviese la enfermedad o que se sospechara que tuviese la enfermedad».
Para el futuro, de haber otra epidemia, pandemia u otra declaración de emergencia de salud pública en Puerto Rico, cada empresa tiene que cumplir con la letra de la Ley Núm. 37-2020.
Los comentarios surgen luego que el director de la OMS, Tedros Adhanom Ghebreyesus, anunció que el COVID-19 ya no constituye una emergencia de salud pública de importancia internacional.