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A Fortaleza legislación para incluir a alguaciles como servidores públicos de alto riesgo

La propuesta destaca que los alguaciles desempeñan funciones esenciales para garantizar el funcionamiento seguro del sistema judicial, como lo son la protección de jueces, empleados y ciudadanos; la seguridad en las salas judiciales; la custodia de imputados y convictos; así como la ejecución de arrestos, citaciones, embargos y desalojos.
Resumen de puntos principales
  • Incluye a los alguaciles de la Rama Judicial como Servidores Públicos de Alto Riesgo en la Ley del Sistema de Retiro.
  • Autoriza retiro voluntario a los 55 años con 30 años de servicio; fija retiro obligatorio a los 62 años para esa categoría.
  • Busca igualar beneficios y compensaciones, reconociendo riesgos laborales; la medida fue aprobada por la Cámara y espera la firma de la gobernadora.

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La Asamblea Legislativa remitió hoy a la gobernadora Jenniffer González Colón, una pieza legislativa que propone enmendar la Ley del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno para incluir a los alguaciles de la Rama Judicial dentro de la definición de «Servidores Públicos de Alto Riesgo».

Se trata del Proyecto del Senado 1021, que dispone a su vez, que los alguaciles judiciales puedan acogerse voluntariamente al retiro una vez alcancen los 55 años de edad y acumulen 30 años de servicio.

La propuesta fue presentada por petición y radicada por el presidente senatorial, Thomas Rivera Schatz, junto a los senadores del Partido Nuevo Progresista (PNP) Héctor Joaquín Sánchez González, Rafael Santos Ortiz y Ángel Toledo López.

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De acuerdo con la exposición de motivos de la medida, mediante la Ley Núm. 447-1951 se reconoció como servidores públicos de alto riesgo a los miembros de la Policía Estatal y Municipal, a oficiales de custodia, y aquellos servidores que fungen como bomberos y superintendentes de instituciones correccionales, no obstante, en la misma no se contempla a los alguaciles de la Rama Judicial, pese a que éstos desempeñan funciones de seguridad y manejo de situaciones de riesgo similares.

El proyecto de ley destaca que los alguaciles tienen a su cargo labores esenciales para el funcionamiento seguro del sistema judicial, incluyendo la protección de jueces, empleados y ciudadanos; la seguridad en las salas judiciales; la custodia de imputados y convictos; así como la ejecución de arrestos, citaciones, embargos y desalojos.

Asimismo, señala que estos funcionarios deben cumplir con adiestramientos comparables a los de otros cuerpos de seguridad pública, incluyendo manejo de armas de fuego, control de multitudes y primeros auxilios, además de enfrentar situaciones de violencia y alto riesgo durante el desempeño de sus funciones.

La medida sostiene que la exclusión de los alguaciles de esta clasificación ha provocado un trato desigual en materia de retiro y compensación, situación que por años ha sido denunciada por organizaciones que representan a estos funcionarios judiciales.

Con la aprobación de esta legislación, se le estaría reconociendo el sacrificio y la aportación de los alguaciles al sistema de justicia, así como equiparar sus beneficios de retiro con otros servidores públicos que realizan funciones similares de seguridad y protección.

La iniciativa legislativa además establece en 62 años la edad de retiro obligatorio para los servidores públicos clasificados dentro de esa categoría.

La medida, que ya se encuentra ante la consideración de la primera ejecutiva del País para su firma o veto, contó con el aval unánime de la Cámara de Representantes, siendo aprobada sin enmiendas, y a la misma también se le sumó como coautor el senador por el Partido Popular Democrático (PPD) José A. Santiago Rivera, así como otros seis senadores del PNP.