U.S. Court of Appeals 1st Circuit

Caso por represalias laborales contra agencia federal desestimado por prescripción, Primer Circuito confirma

Caso por represalias laborales contra agencia federal desestimado por prescripción, Primer Circuito confirmaDescarga el documento: Ayala v. Shinseki

La Sra. Brunilda Ayala entabló una demanda bajo el Título VII, ley federal anti-discrimen en el empleo, contra el Departamento de Asuntos de los Veteranos (VA, por sus siglas en inglés) y otros. La Sra. Ayala alegó que fue objeto de represalias luego de querellarse formalmente contra sus supervisores.

Según la Sra. Ayala, entre el 2000 y el 2004 sometió tres querellas bajo Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEO, por sus siglas en inglés) contra su supervisor al momento, el Sr. José Rivera, alegando que este acosaba sexualmente a las becarias. Alega la Sra. Ayala que luego de querellarse se le movió de oficina a una que llaman el “piss room” (o cuarto de orín), donde alegadamente caía orín y excremento del techo. En adición, alega que se le dio una recomendación negativa que afectó un posible empleo en la Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés) y se le transfirió a trabajar bajo una nueva supervisora.

En el 2004, la Sra. Ayala se querelló de la Dra. Melba Feliciano, su nueva supervisora, ante la gerencia del VA, alegando que esta “ponchaba” en el VA y luego salía a atender pacientes en una oficina privada, cometiendo fraude. Según la Sra. Ayala, en esta ocasión se le transfirió a una oficina pequeña sin ventanas y se le eliminaron tareas. Alega, a su vez, que como represalias recibía evaluaciones falsas—aunque en su mayoría positivas— por trabajo que nunca había realizado. La Sra. Ayala alega que desde el año 2000 no se le otorgaron ascensos estatutarios ni incrementos en salario y alega que todas estas condiciones de empleo continuaron hasta su retiro en diciembre de 2012.

En el 2007 se querelló nuevamente ante el VA. En el 2009 se querelló ante la Oficina de Administración de Resoluciones (ORM, por sus siglas en inglés) del VA y en el 2010 se querelló nuevamente. En la última querella investigada, la Oficina de Adjudicación de Quejas de Discrimen en el Empleo (OEDCA, por sus siglas en inglés) no halló que hubiese existido represalias, porque el VA pudo esbozar razones legítimas para sus actuaciones y la Sra. Ayala no pudo probar que dichas razones fuesen un pretexto.

En el 2010, la Sra. Ayala entabló esta demanda, donde se recuentan todos los sucesos desde el 2000 como base para la demanda. Al considerar una moción de sentencia sumaria por VA, el Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico determinó que todas las alegaciones de antes del 17 de mayo de 2008 estaban prescritas. Sólo sobrevivieron las alegaciones de que no se le otorgaran los ascensos e incrementos de salario que merecía por ley y las relativas a las evaluaciones positivas falsas. El Tribunal de Distrito desestimó esta última por no ser materialmente adversa.

La Sra. Ayala solicitó la desestimación voluntaria de la causa de acción restante y apeló la decisión al Tribunal federal de Apelaciones para el Primer Circuito. En apelación, la Sra. Ayala reitera su contención al oponerse a la moción de sentencia sumaria: sus alegaciones caen bajo la doctrina de violaciones continuadas. La alegación de la Sra. Ayala es que las represalias que ha sufrido constituyen un patrón de violaciones al Título VII anti-discrimen, y que no son, según determinó el Tribunal de Distrito, actos individuales de discrimen.

En opinión escrita del juez federal Juan R. Torruella, el Primer Circuito confirma la determinación del Tribunal de Distrito. Dice el juez Torruella que la jurisprudencia ha establecido que la doctrina de violaciones continuadas es muy limitada y responde a casos como los de “ambiente hostil”, donde no existen eventos aislados, sino una serie de actos que poco a poco van creando el daño al agraviado. En adición, la jurisprudencia ha establecido que el tipo de sucesos que alega la Sra. Ayala son el prototípico caso de actos individuales de discrimen.

Reseña por el Lcdo. Cristian González