El derecho a la libertad de culto o religiosa y el principio de separación iglesia y estado protege a todos los empleados públicos de discrimen por sus creencias religiosas, sean creyentes o no. Esto incluye a los funcionarios públicos ateos, a quienes no se les puede obligar a participar en actos religiosos, ni se les puede discriminar por no participar en los mismos. Esto es lo que los abogados de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés) van a argumentar en este caso de primera impresión en la vista oral ante el Tribunal federal de Apelaciones de Boston pautada para el próximo martes, 3 de noviembre del 2015 en San Juan, Puerto Rico.
El caso Alvin Marrero v. Héctor Pesquera, Superintendente de la Policía de Puerto Rico y otros, trata de un agente de la Policía de Puerto Rico abiertamente ateo que se opuso a participar de una invocación religiosa durante una reunión compulsoria de trabajo. En la demanda, el oficial Alvin Marrero, un veterano policía con carrera de 20 años y excelente expediente de trabajo, plantea que luego de oponerse a participar de la oración fue objeto de humillación y represalias por parte de sus supervisores inmediatos, incluyendo su desarme y la democión de sus funciones ordinarias como policía, destacándolo a lavar los automóviles de patrulla.
La demanda se presentó ante el Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico el día 8 de marzo de 2013 a través de la representación legal de la ACLU de Puerto Rico y el Proyecto de Creencias Religiosas de la ACLU en los Estados Unidos. El Departamento de Justicia de Puerto Rico, quien asumió la representación legal de los supervisores demandados, radicó una moción para desestimar la reclamación, la cual fue denegada. El Tribunal federal, por voz del juez Jay García Gregory, denegó la desestimación de la demanda, por lo que el gobierno de Puerto Rico apeló ante el Primer Circuito de Apelaciones de Boston.
Según opinó el juez García Gregory, “…resulta problemático que el demandante fue marginado por no creer en lo que sus compañeros oficiales creen, ya que oficiales de la policía son vulnerables a coerción de parte de sus supervisores, dada la naturaleza estricta del mando”.
“El estado de derecho es claro, sostenemos que no se puede obligar a una persona a participar de actividades religiosas y la demanda del señor Marrero plantea un caso clásico de discrimen religioso. El próximo martes argumentaremos enérgicamente en contra de esta práctica discriminatoria coercitiva y a favor de que los trabajadores del sector público deben ejercer sus funciones libres de presiones de índole religiosa”, dijo Daniel Mach, Director del Programa de Creencias Religiosas de la ACLU en Nueva York, quien forma parte del equipo legal en este caso. Por su parte, el Lcdo. William Ramírez Hernández, Director Ejecutivo de la ACLU de Puerto Rico, sostuvo que “este caso representa una oportunidad para consolidar no solo en Puerto Rico sino en todos los estados y jurisdicciones que componen el Primer Circuito, las protecciones constitucionales en contra del discrimen por razones religiosas, lo que se extiende por igual a todas las creencias religiosas y a aquellas personas que optan en no creer”.
Además de Daniel Mach y William Ramírez, colaboran en el equipo legal el Lcdo. Josué González Ortiz de la ACLU de Puerto Rico y la Lcda. Heather Weaver del proyecto de Creencias Religiosas de la ACLU nacional. Esta última es la abogada designada para realizar la argumentación oral en la vista del próximo martes.