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Apelativo federal determina que empleados no tienen derecho a usar “dreadlocks” en el trabajo

Apelativo federal determina que empleados no tienen derecho a usar “dreadlocks” en el trabajoEl Tribunal federal para el Onceavo Circuito determinó que el impedir que empleados utilicen «dreadlocks» en el trabajo no constituye discrimen por razón de raza. Con esta decisión se desestimó una demanda presentada por la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) contra una compañía que se negó a contratar una mujer negra porque esta no quiso cortarse sus “dreadlocks”.

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El litigio comenzó en el 2013, cuando la EEOC acusó a la compañía de seguros Catastrophe Management Solutions de discriminar contra Chastity Jones, una mujer que solicitó empleo de servicio al cliente en 2010. Jones fue contratada por la compañía pero, no obstante, la gerente de recursos humanos le solicitó que se cortara sus “dreadlocks” para cumplir con la política de higiene de la compañía.

Según la política de la compañía, los empleados deben estar bien vestidos y limpios de forma que se proyecte una imagen profesional y de negocios. «Los dreadlocks tienden a ensuciarse», le dijo la gerente de recursos humanos. Jones rechazó la petición y la compañía le retiró la oferta de trabajo.

Según reseño el periódico The Wall Street Journal, la EEOC argumentó que la prohibición de utilizar “dreadlocks” en el trabajo constituye un discrimen por razón de raza, ya que este estilo de peinado está asociado psicológicamente y culturalmente con personas afro descendientes. Este argumento está basado en un entendimiento de la raza como una “construcción social” y no como una definición biológica, explicó el EEOC.

En la argumentación oral del caso, la EEOC afirmó «que si una persona blanca eligiera utilizar el peinado como una señal de apoyo racial a sus colegas negros y el empleador le aplica la prohibición a esa persona, ella también podría presentar una reclamación de trato desigual por razón de raza”.

Los abogados de la compañía demandada argumentaron que la política de higiene era racialmente neutral y acusaron a la EEOC de crear «nuevas teorías» sobre la raza y la cultura que suenan como una tesis sociológica de la teoría crítica, no un argumento jurídico válido.

La ley federal prohíbe el discrimen por razón de raza y los tribunales han interpretado esa disposición en el sentido de que el discrimen está basado en el color de la piel y otros rasgos inmutables. Precisamente ese aspecto probó ser decisivo en el caso. El juez Adalberto Jordan explicó que reconoce que las definiciones y los entendimientos sobre la raza han cambiado con el tiempo. No obstante, escribió en su opinión que según su mejor entendimiento, cada tribunal que ha considerado el argumento lo ha rechazado bajo la premisa de que el Titulo VII no protege estilos de cabello asociados culturalmente con razas. “Si la definición de discrimen no es fija, es un debate que debe llevarse a cabo a través del proceso democrático”, explicó.