U.S. Court of Appeals 1st Circuit

Condenado a más de 7 años por alegación en etapa de sentencia sobre posesión constructiva de 6 cócteles molotov

Condenado a más de 7 años por alegación en etapa de sentencia sobre posesión constructiva de 6 cócteles molotov

Descarga el documento: United States v. Oscar Núñez

Oscar Núñez se declaró culpable ante el Tribunal Federal de ser un delincuente en posesión de un arma. Ante el foro local, Núñez se declaró culpable de amenaza e incendio.

Las alegaciones contra Núñez sostienen que este era parte de una empresa criminal y que David Ireland era su conductor. Sin embargo, tuvieron problemas, y se alega que Núñez fue a la casa de Ireland una vez y lo amenazó con un arma, y que regresó otro día de madrugada e incendió la parte de afuera de la propiedad de su ex conductor. También se alega que durante el incendio, se disparó un arma en dirección de la casa de Ireland.

Cuando los agentes ejecutaron la orden de allanamiento, hallaron el arma con que había amenazado a Ireland. Se determinó que las balas en casa de Ireland provinieron de la misma.

La opinión señala que Núñez se había mudado solo hacía una semana con su novia a la vivienda donde lo arrestaron.

Allí en la vivienda, debajo del balcón, los agentes que hallaron dos envases rojos llenos de gasolina, y seis botellas de cerveza preparadas como cócteles molotov.

A pesar de que las botellas estaban fuera de la propiedad y de que no se le imputó ningún delito relacionado a eso, el Tribunal de Distrito lo tomó en cuenta para sentenciarlo a casi 7 años de prisión.

Núñez insistió que los cócteles no eran de él. Señaló que nunca fue hallado en posesión de las botellas y que su cómplice en el incendio los pudo haber escondido allí.

En la apelación, Núñez sostiene que la alegación de que tenía la posesión constructiva de los cócteles molotov es fabricada por especulación completamente. La posesión constructiva se configura cuando de la prueba se desprende que el actor tiene el poder de ejercer control y dominio sobre un objeto en cualquier momento, aún cuando el objeto no esté físicamente en su poder.

Sin embargo, la cercanía temporal entre el incendio y el registro hace que el Primer Circuito crea improbable ese escenario. El Primer Circuito se negó también a aceptar que la ubicación de las botellas (afuera, bajo el balcón), haga menos probable que Núñez supiera de su existencia.

por el Lcdo. Cristian González