El término para que la gobernadora Wanda Vázquez Garced firmara o vetara el nuevo Código Municipal de Puerto Rico venció ayer, 13 de agosto de 2020.
La mansión ejecutiva deberá confirmar pronto si la gobernadora firmó o vetó el proyecto.
La medida se proponía integrar, organizar y actualizar varias leyes vigentes que disponen la organización, administración y funcionamiento de los municipios.
El código es una compilación de 17 leyes vinculadas al funcionamiento de los municipios y deroga algunos estatutos que dejaron de tener pertinencia en sus procesos. La medida también integra los libros de procesos de gestión comunitaria, desarrollo económico, planificación y ordenamiento territorial y hacienda municipal.
Se enmiendan asuntos relacionados al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) y atiende la desaparición de la Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM).
El proyecto señala que, después de casi tres décadas de aprobada la Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico, persisten diferencias fundamentales entre los 78 municipios como el tamaño de su población, su condición socioeconómica y su capacidad gerencial y fiscal.
Las diferencias incidieron en que, a la fecha, solo pocos municipios lograron completar el Plan de Ordenamiento Territorial requerido para obtener el nivel mayor de autonomía y realizar algunas funciones del gobierno central.
El código aprobado fue organizado en siete áreas estratégicas o procesales constituidas en libros.
Libro I – Gobierno Municipal – Incluye las normas, reglas y leyes concernientes a los poderes y facultades del alcalde o alcaldesa como representante del poder ejecutivo y la Legislatura Municipal.
Libro II – Administración – Contiene las disposiciones sobre la planificación, organización y control de los recursos que dispone el municipio. El libro se divide en dos títulos principales: Procesos Municipales y Gerencia Financiera.
Libro III – Servicios Esenciales – Se refiere a aquellas actividades de importancia trascendental y de utilidad pública que el gobierno municipal debe realizar y cuya interrupción afectaría adversamente el bienestar y estabilidad de sus residentes.
Este libro se divide en cuatro títulos: Tránsito y Obras Públicas, Salud y Seguridad Pública, Recreación y Deportes, y Educación.
Libro IV – Procesos Municipales y Gestión Comunitaria – El libro atiende los procesos municipales vinculantes al desarrollo de las comunidades y la participación ciudadana.
Libro V – Desarrollo Económico – El libro atiende las normas, reglas y leyes concernientes a la capacidad del municipio para auspiciar, promover y mercadear el establecimiento de negocios e industrias, y fomentar el desarrollo turístico para procurar aumentar el empleo y la salud fiscal en general.
Libro VI – Planificación y Ordenamiento Territorial – Incluye las normas, reglas y leyes sobre el uso sostenible de los terrenos municipales donde se consideren y conecten los aspectos sociales, culturales y económicos que componen la jurisdicción geográfica en específico.
Libro VII – Hacienda Municipal – Contiene las normas, reglas y leyes relacionadas a los ingresos y financiamiento para la operación de los municipios.
Este libro está dividido en tres títulos: Centro de Recaudación de Impuestos Municipales, Tipos de impuestos municipales y Financiamiento municipal.
La medida se aprobó en Informe de Conferencia el pasado 30 de junio, durante el cierre de la última sesión ordinaria de este cuatrienio.
Los autores de la medida son la otrora senadora Margarita Nolasco y el presidente den Senado, Thomas Rivera Schatz.
El proyecto llegó a La Fortaleza el 14 de julio para la consideración de la gobernadora. Se entiende que el término de 30 días vencía ayer, 13 de agosto, y se espera confirmación oficial sobre la decisión final en torno a la medida.
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