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Centros de cuidado y albergues estarán exentos de rociadores automáticos contra incendios

La gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó las enmienda a la Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico para que ciertos hogares o centros de cuidado asistencial estén exentos de instalar sistemas de rociadores automáticos contra incendios.

¿Quiénes estarán exentos?

Estarán exentos los centros de cuidado asistencial para menores, adultos, adultos mayores o adultos con discapacidad intelectual o física, que comprendan las facilidades dedicadas al cuido de larga duración, tanto para adultos como para personas de edad avanzada.

Las enmiendas aplicarán también a los centros de cuidado y desarrollo de niños, los centros o albergues de protección a víctimas de violencia de género, los centros o albergues de protección para niños y adolescentes, los centros de servicios para personas sin hogar y a los centros o establecimientos de servicios de rehabilitación de drogas o alcohol.

Los centros deberán estar licenciados por el Departamento de la Familia, el Departamento de Salud o por la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSCA).

Descarga la nueva ley

La ley dispone que, en sustitución de los sistemas de rociadores automáticos contra incendios, las instituciones estarán obligadas a instalar sistemas digitales o análogos de control o protección contra incendios que cumplan con los estándares de seguridad aplicables, detectores de humo, extintores de 50 libras y alarmas contra incendios.

En el análisis de la medida, se plantea que la enmienda es necesaria ya que los requisitos que habían sido impuestos por la ley no son compatibles con la realidad de infraestructura de las instituciones.

Se explica que, al catalogar los centros de cuidado como estructuras I-2, se aplican los mismos requisitos que a estructuras institucionales como los hospitales y centros psiquiátricos, cuando estas instituciones son en su mayoría de tipo residencial.

Se afirma que el International Code Council, utilizado como base para el Código de Construcción de Puerto Rico, ofrece deferencia a las jurisdicciones para atemperar las clasificaciones de acuerdo con sus particularidades.

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Cerca del 85% de los hogares y establecimientos de cuidado en la isla están ubicados en estructuras residenciales que no podrían ser habilitados para el sistema de rociadores que conlleva la instalación de un tanque de agua de cerca de 18,000 galones.

Además, el proceso requeriría un cambio de tuberías que provean la presión que necesitan estos rociadores para que sean funcionales.

A la vez, conllevaría trabajos mayores de parte de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) en la instalación de una nueva línea matriz, así como un aumento en el diámetro del contador, labor que resulta excesivamente compleja y onerosa para los centros que, de ordinario, operan con recursos limitados.

Se plantea también que para cumplir con el requerimiento previo del Negociado del Cuerpo de Bomberos, sería necesaria la remoción de miles de envejecidos de los establecimientos y hogares, dado a consideraciones de salud y seguridad.

Los centros de cuido de niños, los centros de servicios para personas sin hogar y los albergues de protección de menores y víctimas de violencia doméstica tendrían que desalojar las facilidades durante el proceso de instalación de los sistemas de rociadores requeridos.

«El requerimiento de instalar rociadores automáticos contra incendios no solo tendría un impacto nefasto para muchos de estos centros que no cuentan con los recursos ni la infraestructura necesaria para poder instalarlos, sino que, dada la realidad estructural de estos centros en la isla, no serían efectivos», indicó la primera ejecutiva tras firmar la medida.

«En su lugar, deberán instalar sistemas digitales o análogos de control o protección contra incendios que cumplan con los estándares de seguridad aplicables, además de detectores de humo, extintores de 50 libras y alarmas contra incendios», agregó en declaraciones escritas.

El proyecto de ley había sido aprobado por ambos cuerpos legislativos durante el cierre de la sesión ordinaria en junio 2020.

La iniciativa fue apoyada por el Centro Unido de Detallistas, la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado, los Empresarios por Puerto Rico, la Red por los Derechos de la Niñez y la Juventud, la Coalición Entidades de Servicios, la Asociación de Centros de Cuidado y Desarrollo del Niño, Inc., la Red de Albergues de Violencia Doméstica de Puerto Rico y otras organizaciones.