El Código de Ética Judicial establece que las personas que componen la Judicatura —es decir, las juezas y los jueces de los tribunales de Puerto Rico— deben ofrecer un trato respetuoso y cordial hacia sus pares, las funcionarias y los funcionarios del Poder Judicial y las personas que comparecen a las salas.
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El canon 13 del Código de Ética Judicial establece que las juezas y los jueces tratarán con consideración y respeto a los abogados y a las abogadas.
También tratarán con consideración y respeto a testigos, jurados, funcionarias o funcionarios del tribunal y a toda persona que comparezca ante el tribunal.
Se requerirá igual conducta de parte de las abogadas y los abogados, y de las funcionarias o funcionarios o empleadas o empleados del tribunal que estén bajo su dirección.
¿Qué pasa si la jueza o el juez no actúa como debe?
Se puede presentar una queja.
La queja es una solicitud que hace una persona para que se investigue la conducta de un funcionario o una funcionaria del Poder Judicial, o de un juez o una jueza del Tribunal de Primera Instancia o del Tribunal de Apelaciones, por conducta contraria a la ética o a las normas administrativas del Poder Judicial.
¿Cómo se presenta una queja contra un Juez o una Jueza?
La persona interesada en presentar la queja deberá hacerlo mediante un escrito, que podrá ser juramentado.