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Proponen cambiar el orden de prioridad en la custodia de un menor de edad 

El Código Civil del 2020 establece que en primer lugar se considerará a los abuelos para obtener la tutela de una persona menor de edad.

El senador Carmelo Ríos radicó el Proyecto del Senado 815, que propone reordenar el orden de prelación en la tutela de una persona menor de edad no emancipada, para que recaiga en las hermanas o hermanos que tengan la capacidad para pedir la custodia de la menor, antes que sobre cualquiera de los abuelos o abuelas.

Específicamente, el proyecto enmendaría el Artículo 132 del Código Civil aprobado en el año 2020.

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Según la exposición de motivos, el orden de prelación actual, que otorga la tutela en primer lugar a los abuelos del menor, ha creado una desproporción en la población de personas encargadas de menores de edad.

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Expone la medida que, de acuerdo con el Instituto del Desarrollo de la Juventud (IDJ), en 2019, 32.2% de los abuelos y abuelas de esta Isla vivían con y estaban a cargo de sus nietos y nietas. Muchos de estos abuelos reciben una pensión del Seguro Social que la gran mayoría de las veces es insuficiente para sufragar sus gastos. Al añadir las necesidades del nieto o la nieta, la situación económica de ambos empeora.

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La propuesta legislativa invierte el orden actual para que, en primer lugar, el tribunal considere designarle la tutela del menor no emancipado a cualquiera de los hermanos que tenga plena capacidad de obrar, y en segundo lugar, a cualquiera de los abuelos o abuelas.

El proyecto fue refeirdo a la Comisión de lo Jurídico del Senado.