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Demandan por acceso público a la información de alquileres a corto plazo

Se alega que no se piden las declaraciones que sometan las personas hosteleras respecto a impuestos, sino otros datos sobre las propiedades que es información de carácter pública.

Por Daniel Rivera Vargas 

El Centro de Periodismo Investigativo (CPI) demandó a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) para que le provea información sobre las propiedades registradas como alquileres a corto plazo en el archipiélago puertorriqueño.

Según la demanda, la CPI lleva casi medio año solicitando la información relacionada a estos alquileres. La misma no fue entregada alegando que podía entregarse de manera agregada pero no individualizada, ya que los «expedientes [de la CTPR] tienen las protecciones de lo que sería un récord contributivo».

creditos EJC

El recurso de 20 páginas se presentó la semana pasada por, según se alega, tratarse de un reclamo al amparo del derecho constitucional al acceso a la información pública.

Además, se asevera que la Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública ordena que todo estatuto sea interpretado de forma liberal a la persona que solicita un documento, y que la jurisprudencia manda a los tribunales a ser cauteloso con pedidos de confidencialidad del estado.

«El acceso a la información constituye un componente importante de una sociedad democrática, en donde el ciudadano puede emitir un juicio informado sobre las actuaciones del Gobierno», expresa el CPI, citando un caso del Tribunal Supremo de 2017. Luego agrega, citando una jurisprudencia de 2020 que «El acceso a la información pública constituye un pilar fundamental en toda sociedad democrática».

Asimismo, alega el CPI se trata de un tema de gran interés público porque la proliferación de estos alquileres a corto plazo influye en la crisis de vivienda que existe en Puerto Rico.

La CPI rechaza la postura de la dependencia pública de que esta información tenga protección legal de confidencialidad la a la de un expediente contributivo y que existe un «registro de hosteleros».

Se alega que no se piden las declaraciones que sometan las personas hosteleras respecto a impuestos, sino otros datos sobre las propiedades que es información de carácter pública.

«La CTPR ha invocado erradamente un reclamo de confidencialidad anclado en varios fundamentos jurídicos inaplicables a la información pública solicitada», reza el recurso. «Esta postura de hermetismo y secretividad asumida por la CTPR no tiene cabida en el ordenamiento constitucional puertorriqueño que fomenta la transparencia gubernamental en virtud del derecho fundamental de acceso a la información».

Pero, plantea la demanda suscrita por los abogados Carlos Francisco Ramos Hernández, Luis José Torres Asencio y Steven P. Lausell Recurt, si el tribunal avalara el reclamo de confidencialidad de la Compañía de Turismo, aun así hay opciones para que se divulguen parte de los datos, como sería tachar las partes que sean confidenciales.

El caso fue asignado a la sala 907 del juez Alfonso S. Martínez Piovanetti.