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Jóvenes de 18 años podrían vacunarse sin autorización de progenitores

El informe de conferencia de la medida debe ser aprobado por la Cámara de Representantes antes de pasar a la firma o veto del Gobernador.

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En el primer día de la 7ma y última sesión ordinaria del cuatrienio, el Senado de Puerto Rico aprobó el Informe de Conferencia sobre el Proyecto del Senado 506 que crea la Ley para la Inmunización de jóvenes de 18 años en adelante.

Esta nueva ley reconoce el derecho y la capacidad de los jóvenes de 18 años en adelante para recibir servicios médicos relacionados con orientaciones, consultas y consentimiento para la administración de vacunas sin necesidad de estar acompañados y/o autorizados por sus padres, tutores o encargados.

El proyecto legislativo, radicado por el senador y presidente del cuerpo, José L. Dalmau Santiago, busca garantizar que los jóvenes adultos tengan autonomía en la toma de decisiones relacionadas con su salud, específicamente en el ámbito de la inmunización.

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Lee la medida aquí

La mayoría de edad se establece en los 21 años según el ordenamiento jurídico actual pero existen excepciones en las que se reconoce la capacidad de los menores de edad para consentir en asuntos relacionados con su persona y bienes. Específicamente en el campo de la salud, se han promulgado leyes que permiten a los menores de edad acceder a servicios médicos sin necesidad de contar con el consentimiento previo de sus padres, madres, tutores o encargados legales.

Según la medida, muchos jóvenes de 18 años en adelante no han tenido acceso a las vacunas debido a diversas razones, como la ausencia de sus padres, estar lejos de su hogar, desacuerdos entre los padres con la patria potestad sobre la administración de vacunas o vivir de forma independiente de sus padres. Estas situaciones y factores sociales se convierten en obstáculos para que estos jóvenes puedan ser inmunizados.

La ley establecería que el Departamento de Salud diseñe un formulario que los jóvenes de 18 años en adelante, no emancipados, deberán completar y firmar para dar su consentimiento para recibir cuidados y servicios de inmunización. En el formulario se identificará a una persona adulta de contacto en caso de emergencia.

El profesional de la salud que brinde orientación sobre la inmunización evaluará la comprensión del menor de edad y su capacidad para entender los riesgos, beneficios y posibles efectos secundarios de la vacunación. Si el profesional determina que el menor demuestra madurez y entendimiento, procederá con la firma del consentimiento e inmunización.

La ley exoneraría de responsabilidad civil a los médicos, profesionales de la salud y representantes de la salud que administren vacunas a jóvenes mayores de 18 años sin obtener previamente el consentimiento de los padres o las personas legalmente responsables de dar su consentimiento. Además, las clínicas y hospitales donde se brinden estos servicios también estarían exentos de responsabilidad civil.

La medida, que había sido aprobada previamente por ambos cuerpos, requirió ir a un Comité de Conferencia ya que la Cámara de Representantes había incluido enmiendas que el Senado no acogió. Una vez discutida en informe de conferencia y con la aprobación del Senado, corresponde que la Cámara de representantes vote sobre el mismo para que la medida pase a la consideración del gobernador Pedro Pierluisi.