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ACLU solicita intervenir como ‘amicus curiae’ en caso sobre endosos

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La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés) presentó hoy, miércoles, una intervención como ‘amicus curiae’ en caso ante el Tribunal Apelativo de Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) por descalificación de cinco candidaturas.

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El caso ante el Tribunal Apelativo busca revocar la sentencia emitida por el juez Antohny Cuevas, la cual descertifica múltiples candidaturas incluyendo la de Ana Irma Rivera Lassen a la comisaría residente por el MVC tras incumplir con los requisitos de la ley electoral de recoger endosos.

Múltiples personas candidatas de MVC y Proyecto Dignidad quedan descalificadas por no cumplir con endosos

«En virtud de lo antes discutido, este Honorable Tribunal debe revocar la sentencia del TPI haciendo uso de las reglas de hermenéutica y en el ejercicio de su poder de revisión judicial reconocer la deferencia que merece la CEE al expresar y certificar que ninguno de los candidatos descalificados tenía que someter endosos como requisito de sus candidaturas bajo el método alterno seleccionado de conformidad con el Código Electoral del 2020», reza el documento.

ACLU agregó que la decisión del juez Cuevas viola derechos constitucionales protegidos.

«En virtud de lo antes discutido, este Honorable Tribunal debe revocar la Sentencia del TPI haciendo uso de las reglas de hermenéutica y en el ejercicio de su poder de revisión judicial reconocer la deferencia que merece la CEE al expresar y certificar que ninguno de los candidatos descalificados tenía que someter endosos como requisito de sus candidaturas bajo el método alterno seleccionado de conformidad con el Código Electoral del 2020».

«De esta manera, se salva la constitucionalidad del estatuto y sus reglamentos, protegiendo simultáneamente el derecho al voto y la libertad de asociación de los candidatos, algunos de ellos incumbentes y el derecho fundamental al voto de los «constituyentes».

Sobre el caso

¿Qué alegaban los demandantes? Se alegó que los partidos políticos, de los cuales son miembros los querellados, no radicaron ante la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), en la fecha establecida los expedientes de aquellos candidatos que fueron escogidos como candidatos únicos, incluyendo todos los documentos requeridos por el artículo 7.11 del Código Electoral.

La fecha establecida era el 30 de diciembre de 2024.

Ante esto el juez declaró ha lugar a una demanda que buscaba la impugnación de las candidaturas porque no cumplieron con los requisitos de la ley electoral de recoger endosos.