Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico NOTICIAS

Supremo archiva queja contra Thomas Rivera Schatz y provoca fuertes expresiones entre los jueces

Descarga el documento: In re Thomas Rivera Schatz

El Tribunal Supremo de Puerto Rico archivó una queja presentada contra el Lcdo. Thomas Rivera Schatz, Presidente del Senado de Puerto Rico. La queja surgió luego que el referido Presidente del Senado emitiera unos comentarios contra la Hon. Lauracelis Roques Arroyo, luego de que esta emitiera un dictamen favorable a los manifestantes en los pleitos que se suscitaron en la huelga de la Universidad de Puerto Rico el pasado año.

El Hon. Rafael Martínez Torres emitió unas expresiones, a las cuales se unió la Hon. Mildred Pabón Charneco, el Hon. Erick Kolhoff Caraballo, el Hon. Roberto Feliberti Cintrón y el Hon. Luis Estrella Martínez. En síntesis, indicó que la presente queja merece el mismo trato de la queja presentada contra el Lcdo. Alejando García Padilla -cuando era Senador- por expresiones en contra de los integrantes del Panel de la Oficina del Fiscal Especial Independiente y por sus expresiones como Gobernador contra los jueces del Tribunal Supremo (AB-2012-0342 y AB-2013-0264 respectivamente). También mencionó como ejemplo la querella archivada contra el Lcdo. Cesar Miranda Rodríguez por expresiones públicas mientras era Secretario de Justicia (AB-2016-88). El juez Martínez Torres destacó que en la única ocasión en que el Supremo ha emitido un tipo de recordatorio, previo a archivar una querella contra un abogado que a su vez era funcionario público fue en In Re Sánchez Ramos, 174 DPR 453 (2008). No obstante, el Supremo distinguió dicha queja contra la interpuesta contra el Lcdo. Rivera Schatz, ya que el otrora Secretario de Justicia, el Lcdo. Roberto Sánchez Ramos, era abogado de récord en un caso y las expresiones estaban vinculadas con dicho caso.

La Hon. Mildred Pabón Charneco también emitió unas expresiones a las que se unió el Hon. Erick Kolthoff Caraballo y el Hon. Edgardo Rivera García. En síntesis, pormenorizó el contexto fáctico de donde surgieron las quejas contra el Lcdo. García Padilla y cómo estas fueron archivadas por haberse emitido como candidato a la gobernación y como expresiones que surgieron en el debate de los poderes políticos.

El juez Kolthoff Caraballo emitió unas expresiones, a las cuales se unió el Hon. Edgardo Rivera García. Manifestó que rechaza con toda vehemencia las pretensiones de la Hon. Anabelle Rodríguez Rodríguez por su solapado regaño al Presidente del Senado. El referido juez mencionó que le había aconsejado a la juez Rodríguez Rodríguez en el Pleno del Tribunal Supremo el uso de la prudencia, ya que le preocupaba la apariencia que más que el mensaje, se tuviera aversión contra el que emite el mensaje. Reiteró que el Supremo nunca ha sancionado a un abogado por expresiones contra la Rama Judicial si el abogado declarante no era abogado de récord de una controversia vinculada con las expresiones. Destacó que los jueces están sujetos a críticas y en dichas ocasiones en que se hacen pertinentes las expresiones del otrora juez asociado del Tribunal Supremo, Hon. Antonio Negrón García, cuando decía “[la] dignidad del silencio” P.S.P, P.P.D., P.I.P. v. Romero Barceló, 110 DPR 248, 311 (1980).

La juez Rodríguez Rodríguez también emitió unos comentarios. En síntesis, expresó que las expresiones del Lcdo. Rivera Schatz rebasan la crítica válida y deferente que recoja la insatisfacción ante un dictamen judicial desfavorable. Destacó que las declaraciones emitidas por el Presidente del Senado fueron de naturaleza personal. Enfatizó que todo abogado, sin importar el flanco desde el cual labore, está obligado a desalentar y evitar ataques injustificados contra los jueces.

por el Lcdo. Joel Pizá Batiz