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Comisión Senatorial evalúa leyes de cabotaje y el transporte de gas natural licuado a la Isla

La Comisión Especial de Asuntos de Energía que preside el Vicepresidente del Senado, Larry Seilhamer Rodríguez, realizó una vista pública para indagar sobre los retos que representa la Ley Jones conocida como la Ley de Cabotaje para el transporte de gas natural licuado a la Isla, como parte de la transformación del sistema eléctrico de Puerto Rico y las medidas que se puedan tomar para encontrar soluciones a dichos retos.

«La Ley 120 -conocida como la Ley para la Transformación de nuestro Sistema de Energía- le da un mandato a la Asamblea Legislativa para que en un término no mayor de 180 días confeccionar un marco regulatorio y una política pública de energía. La Ley 120 lo que hace es que establece cual será el marco legal para la disposición de los activos de la Autoridad de Energía Eléctrica ya sea a través de una venta o sea a través de una concesión y ese marco legal es al amparo de la Ley 29 de 2009 que es la ley de las Alianzas Público Privadas. Se va a hacer a través de ese procedimiento del cual haya personas que no estén de acuerdo, pero la realidad es que ese mecanismo, ese proceso ha sido transparente y en los dos casos que ya tenemos experiencia, Metropistas en la PR 22 y la PR5 y Aerostar en el Aeropuerto Luis Muñoz Marín el proceso fue uno de sana administración, abierto y transparente», estableció Seilhamer Rodríguez como preámbulo en la audiencia pública antes de llamar a los deponentes a ofrecer sus comentarios sobre el asunto.

La Asociación de Navieros de Puerto Rico quienes fueron los primeros en deponer aseguraron que “la Ley Jones permite que cualquier embarcación construida fuera de los Estados Unidos antes de 1996 y esté documentada en el registro de los Estados Unidos puede transportar gas natural licuado (LNG) a Puerto Rico, ver 46 USC 12120. Según el Informe Mundial de LNG 2017 de la International Gas Union, existen 40 naves calificadas en todo el mundo que fueron construidas antes de 1996″, indicó Eduardo Pagán Reyes, Presidente de la Asociación.

«No hay evidencia disponible que sugiera que esta disposición se haya utilizado alguna vez para el movimiento de gas natural licuado a Puerto Rico. Sin embargo, sigue estando disponible como un mecanismo para apoyar el transporte de este a la Isla», insistió Pagán Reyes.

Pero ante este argumento los senadores presentes, como los populares, Rossana López y Eduardo Bhatia Gautier, así como el presidente de la Comisión confrontaron a Pagán con documentación del Departamento de Energía federal que deja establecido claramente que el estatuto que menciona Pagán no puede ser utilizado y solo tienen que utilizarse barcos de construcción estadounidense que según el propio presidente de la Asociación de Navieros no están disponible para el transporte del gas licuado natural.

«Es el Departamento de Energía federal que nos sugiere que se promueva una exclusión para poder atender el transporte de gas de Estados Unidos», refutó Seilhamer Rodríguez.

Mientras la Asociación de Navieros insistió que «puede haber impedimentos para la distribución más amplia de LNG en Puerto Rico. La Ley Jones no es una de ellas. Los estatutos existentes proporcionan cierto alivio y los operadores existentes tienen los medios para garantizar que, si el mercado de Puerto Rico se desarrolla, los buques calificados bajo la Ley Jones pueden atender las necesidades de Puerto Rico», recalcó Pagán Reyes.

Aunque luego ante la insistencia de los senadores sobre si la Marina Estadounidense contaba con las embarcaciones apropiadas para transportar el gas natural licuado, este contestó en a negativa. Ante dicha respuesta, el senador Bhatia Gautier le increpó del por qué si no tienen las embarcaciones porque oponerse a que a Puerto Rico se le otorgue una exención de las leyes de cabotaje. «Entonces por qué mantener a Puerto Rico de rehenes cuando ustedes no tienen el negocio de NLG a ese volumen», insistió el legislador.

De manera similar reaccionó le senador Miguel Romero Lugo quien le cuestionó si no tenían nada que perder porque oponerse a que embarcaciones extranjeras transporten el gas natural licuado y se le otorgue a la Isla una exención de las Leyes de Cabotaje. «La realidad es que utilizando los contenedores que ustedes tienen disponible no es una forma (de transporte). Quiero concluir que en este negocio de transporte de gas natural a gran escala ustedes no pierden nada. Pues si no pierden nada porque puede haber una objeción a que Puerto Rico se transforme, a que podamos aprovecharnos de comprar y adquirir el gas natural a gran escala y al mejor precio posible. Cuál puede ser la objeción», cuestionó Romero Lugo.

Por su parte, la Autoridad de Energía Eléctrica advierte que aunque la Asociación de Navieros de Puerto Rico asegura que las leyes de cabotaje no son un impedimento para la distribución del gas natural, sus contenedores de volumen limitado vienen en tamaños estándares (20,30 y 40 pies de largo). Los contenedores más grandes (40 pies de largo) transportan un volumen de solamente 43.5 metros cúbicos. A manera de ejemplo, solamente para las unidades 5 y 6 de la Central de San Juan, la Autoridad requiere, como mínimo, aproximadamente 94 mil metros cúbicos de gas natural licuado. Esto sin considerar otras unidades generatrices que proyectan utilizar gas natural licuado, entre ellas, la Central Palo Seco, en cuyo caso, este volumen aumentará considerablemente. Tal volumen no puede suplirse de manera costo efectiva y confiable por contenedores ISO.

«Por otro lado, a pesar de que actualmente Estados Unidos es el mayor suplidor de gas natural, se requieren barcos que cumplan con los requisitos de la Ley Jones para transportarlo a Puerto Rico. Actualmente, no existen barcos que cumplan dichos requisitos y que puedan proveer el volumen de LNG que requiere la generación de la Autoridad, según destaca el Departamento de Energía federal en su Informe de junio de 2018», dijo Daniel Hernández Morales, Director Interino de Generación.

Otros deponentes lo fueron el Centro Unido de Detallistas y MIDA. Senadores presentes en adición a los ya mencionados: Aníbal José Torres y José Nadal Power.