La Cámara de Representantes aprobó en Sesión Ordinaria el Proyecto del Senado 698 que enmienda la Ley 237-2004, según enmendada, conocida como «Ley de parámetros uniformes en procesos de contratación de servicios profesionales y consultivos» a los fines de que en todos los contratos de servicios profesionales o consultivos del gobierno se divulgue bajo juramento, como parte de los requisitos y cláusulas mandatorias, si existen personas naturales o jurídicas que sean parte o tengan algún interés en las ganancias o beneficios del contrato, incluyendo cualquier acuerdo, verbal o por escrito de intermediación («finder’s fee»), subcontratación, ganancias compartidas («fee sharing»), o de naturaleza similar.
El proyecto en su exposición de motivos señala que muchos de los casos de corrupción pública en Puerto Rico, y ciertamente los más notorios, involucran la participación del sector privado empresarial en elaborados esquemas de corrupción de fondos públicos.
Este sector empresarial puede ser parte de la corrupción pública de tres maneras principales: (1) pagando a funcionarios para que éstos le garanticen unos privilegios en la creación de leyes y reglamentaciones o en la toma de, decisiones; (2) haciendo pagos a funcionarios para ser favorecidos en la adjudicación de contratos y (3) pagando a funcionarios para agilizar transacciones tales como obtener permisos y licencias. En todos estos casos un funcionario controla el acceso a los permisos, redacción de leyes o adjudicación de contratos, presentándose la oportunidad para la búsqueda de rentas y el soborno.
En Puerto Rico se consolidaron en un solo estatuto los requisitos de contratación de servicios profesionales y consultivos otorgados por las entidades gubernamentales por concepto de servicios profesionales o consultivos a individuos y entidades privadas mediante la aprobación de la ciatada Ley 237-2004, según enmendada. En consecuencia, según expresa la medida legislativa, se ha vuelto necesario enmendar esta ley con el propósito de que en todos los contratos de servicios profesionales o consultivos efectuados con entidades gubernamentales se haga una divulgación jurada más completa.
Este proyecto de la autoría del senador Miguel Romero Lugo fue radicado el día 16 de noviembre de 2017, analizado por la Comisión de Gobierno y aprobado por el Senado el día 10 de diciembre de 2019. La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes también recomendó su aprobación y aprobado en votación del 29 de enero por la Cámara de Representantes.
Le corresponde ahora al Senado concurrir con las enmiendas realizadas en la Ceamara de Representantes antes de ser enviado a la gobernadora Wanda Vázquez Garced para su firma.
¿Aún no estás suscrito a Microjuris? Házlo aquí. ¿Necesitas cumplir con tus créditos de Educación Jurídica Continua? Házlo en nuestra sección de cursos en línea