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[DOCUMENTO] Gobernadora firma medida que flexibiliza los requisitos la telemedicina durante emergencia

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La gobernadora Wanda Vázquez Garced ya firmó la Resolución Conjunta del Senado 491, que flexibiliza las disposiciones de la Ley para el Uso de la Telemedicina en Puerto Rico, para permitir que los médicos practiquen la telemedicina ante la amenaza del COVID-19.

Como parte de esta medida, se autoriza a los médicos a enviar una receta, referido u orden médica por fotografía o cualquier otro método electrónico a los proveedores de servicio, quienes deberán aceptarlas y despacharlas.

La medida, que fue presentada por el presidente del Senado Thomas Rivera Schatz, dispone que las compañías de seguros de salud y la Administración de Seguros de Salud (ASES), vendrán obligadas a pagar por los servicios prestados a los pacientes por vía electrónica, digital o telefónica como si fuera una consulta presencial y por cualquier prueba y/o tratamiento médico para atender el COVID-19. El paciente que reciba atención médica mediante el uso de la telemedicina, estará eximido de la cantidad fija que paga por estos servicios.

Estas disposiciones siempre respetarán la privacidad del paciente conforme a las disposiciones del Health Insurance Portability Accountability Act of 1996 y serán de conformidad con cualquier ley o reglamento federal pertinente.

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Asimismo, las compañías de seguros de salud y la ASES vendrán obligados a incluir dentro de la cubierta básica y a pagar de fondos estatales o federales de aquellas pruebas de diagnóstico y/o tratamientos médicos presentes o futuros para atender el COVID-19, conforme a los precios establecidos por el Center for Medicare & Medicaid Services (CMS) del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos.

Como medida para reducir el contacto personal, el contagio y desalentar que los ciudadanos acudan a las oficinas de sus médicos, se ordena a las farmacias a que despachen las repeticiones de aquellos medicamentos crónicos, aunque el paciente no posea repeticiones disponibles o una nueva receta.

Para esto, el paciente deberá mostrar el frasco del medicamento vacío en el que se especifica la dosis y la identidad del paciente. Se exceptúa de lo antes dispuesto, los medicamentos clasificados como narcóticos por las leyes o reglamentos federales o estatales.

Finalmente, la mandataria informó que próximamente, estará enviando una medida a la Asamblea Legislativa para permitir que durante estados de emergencias relacionadas a la salud, el Ejecutivo tenga la facultad de incluir otros profesionales de la salud, como sería el caso de los sicólogos, patólogos, y terapistas del habla y el lenguaje, que bajo la ley actual no podrían practicar la telemedicina.

Esta Resolución Conjunta entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación y estará vigente durante el término de noventa (90) días y prorrogable por un término adicional de treinta (30) días.

Puedes ver la Resolución Conjunta según aprobada por la Gobernadora aquí: Resolucion Conjunta 19-Telemedicina