Por el licenciado Alex Omar Rosa Ambert
En Kelly v. US, el Tribunal Supremo de Estados Unidos (TSEU) limitó significativamente el alcance de los procesamientos por fraude a fondos federales, o uso de medios informáticos para la comisión de un delito federal. Esencialmente, el TSEU concluyó que un esquema que no ostenta como objetivo recibir alguna compensación monetaria, económica o pecuniaria no constituye una tipificación de conducta penal federal.
La jefa del personal del gobernador de Nueva Jersey a cargo de manejo de relaciones con las administraciones locales intentó infructuosamente convencer a varios alcaldes demócratas a endosar la candidatura de reelección de Chris Christie en el 2013. El alcalde de Fort Lee se rehusó a apoyar la candidatura. En represalia, dos funcionarios de la Autoridad de Puertos de NJ y Nueva York (es una entidad compartida) ordenaron la reducción de los carriles dedicados al tránsito matutino desde Fort Lee al peaje del puente George Washington – de tres carriles a uno – causando un caos por cuatro días.
Específicamente, la jefa de personal cursó un correo electrónico al jefe de personal de la Autoridad de Puertos que expresaba que «era tiempo de problemas de tráfico en Fort Lee». El jefe de personal de Puertos relevó la información al director auxiliar de la agencia, que era un funcionario nombrado por el gobernador, quien autorizó el esquema. Adicionalmente, los funcionarios autorizaron que un colector de peaje adicional estuviera en espera de que el principal tomara su receso para sustituirlo. De lo contrario, el único carril disponible cerraría y el flujo vehicular colapsaría.
En efecto, el flujo colapsó y el tráfico se tornó tan severo como en el 11 de septiembre de 2001. El alcalde de Fort Lee intentó infructuosamente comunicarse con los funcionarios de Puertos. Estos acordaron no responder y hasta se burlaron de las plegarias del alcalde.
Como justificación, los funcionarios alegaron que el cierre respondió a un estudio de tráfico para evaluar la viabilidad futura de esos carriles dedicados. Ahora bien, la excusa era contraria a los protocolos de la autoridad, pues sus modelos computarizados permitían predecir comportamiento vehicular con mucha mayor precisión. Más aún, los funcionarios nunca mostraron interés en el resultado del estudio.
El esquema fue detenido por el director de la Autoridad de Puertos, cuando advino en conocimiento. Los funcionarios fueron destituidos y la fiscalía federal presentó acusaciones por fraude a un programa que recibe fondos federales, fraude a través de medios informáticos y conspiración para cometer los delitos. Uno de los funcionarios de declaró culpable y cooperó en contra de los demás, que fueron encontrados culpables de todos los cargos por un jurado.
El estatuto en cuestión (18 U.S. Code § 1343) tipifica como conducta punible utilizar un medio informático para «cualquier esquema o artificio dirigido a defraudar o para obtener compensación monetaria o propiedad mediante promesas, representaciones falsas o fraudulentas». La jurisprudencia interpretativa del estatuto (McNally v. United States, 483 U.S. 350) ha concluido que el esquema debe tener como objetivo (Cleveland v. United States, 531 U.S. 12) la compensación, ya sea monetaria o de propiedad.
En respuesta, el Congreso creó una nueva conducta punible: el derecho intangible del pueblo a recibir servicios honestos (18 U.S. Code § 1346). La interpretación de dicho estatuto por el TSEU restringe la criminalización de toda conducta deshonesta de un funcionario público estatal o local, evitando que el delito adolezca de vaguedad, limitando su aplicación a casos donde el esquema implica sobornos o beneficios marginales.
La fiscalía admitió que la acción fraudulenta – cerrar los carriles con el pretexto de un estudio vehicular que no era real – era insuficiente para lograr una convicción. El gobierno debió probar además el objetivo de adquirir dinero o propiedad como resultado del esquema. La fiscalía alegó que los convictos tomaron control físico de propiedad tangible: los carriles. Además, arguyeron que el esquema privó a los operadores de tráfico de su compensación regular realineando carriles. En fin, la posición de la fiscalía apostilló que el esquema se enfocó en valores propietarios dentro del estatuto.
El TSEU rechazó ambas teorías de la fiscalía. En primer lugar, la alteración del orden de los carriles es un ejercicio de una facultad de regulación, por lo que no implicaba la transmisión de control de propiedad o dinero. Igual ocurrió con la restricción de carriles. No hubo transmisión de autoridad física, sino que se reguló su uso fraudulentamente. Ello no implica un beneficio monetario o propietario para los acusados.
Por otro lado, el derecho del gobierno a la labor y tiempo de sus empleados puede ser suficiente para validar un procesamiento por fraude si y solo si la pérdida económica para el estado por el costo de los servicios de esos empleados fue el objetivo del fraude. O sea, si la pérdida de esos emolumentos es incidental al fraude, no se comete un delito.
En este caso, esa pérdida fue una consecuencia prevista, pero incidental del objetivo del esquema. Incluso, los empleados de apoyo que acudieron a laborar como parte del esquema fueron contra el deseo y recomendación de los acusados. Ello es insuficiente para la comisión de un delito, pues toda conducta regulatoria requiere mano de obra o labor. Ello no significa, sin embargo, que dicha mano de obra era su objetivo.
Lo contrario, concluyó el TSEU, implicaría autorizar a la fiscalía federal a imponer estándares de buen gobierno en los gobiernos estatales. Si ese fuera el caso, la jurisdicción penal federal sería absoluta, pues podrían procesar por cualquier conducta deshonesta o falsa. Dichos estatutos – reafirmó el Tribunal – solo prohíben esquemas para adquirir propiedad o dinero.
Esta opinión constituye un duro golpe a la fiscalía federal local, acostumbrada a utilizar los delitos de fraude informático como una cláusula penal residual por la que procesan conductas que no tipifican otros delitos. Queda por verse si ocurre lo que el federalismo requiere y ordena: que sea el gobierno de Puerto Rico quien procese dichas malas prácticas de sus funcionarios.
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