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Lo que debes saber sobre la próxima orden ejecutiva

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La gobernadora Wanda Vázquez Garced publicó la Orden Ejecutiva 2020-41 que entrará en vigor a partir del martes, 26 de mayo de 2020.

Puedes descargar aquí la Orden Ejecutiva 2020-041

Algunas de las medidas que planteó la gobernadora Vázquez Garced fueron que:

  • La nueva orden entra en vigor el martes, 26 de mayo del 2020.
  • Será obligatorio que todo ciudadano use mascarilla en todo momento.
  • La orden estará vigente hasta el 15 de junio.
  • Solo se podrá salir del hogar entre 5:00 am y 7:00 pm.
  • Se permitirá la lotería electrónica.
  • Se permitirán carreras de caballos, pero sin las personas en el hipódromo. Las agencias hípicas podrán operar con sólo un cliente a la vez y sin mantener en las mismas apostadores aglomerados.
  • Los empleados que sean llamados a trabajar, pero que no se reintegren por circunstancias que fueran de las cubiertas en ley, no podrán beneficiarse de los programas de desempleo.
  • Se concede la oportunidad de someter una propuesta al secretario de la Gobernación para su evaluación y de cumplir con las medidas correspondientes para la aprobación para conciertos y obras teatrales virtuales sin presencia de público.
  • Se permitirán los servicios religiosos los sábados y domingos a partir de protocolos.
  • Las divisiones de Recursos Humanos, Finanzas, Presupuesto y Compras de las agencias gubernamentales deberán comenzar a trabajar desde el 1 de junio para evaluar cómo las agencias podrán volver a operar.
  • Los empleados del servicio público que sean llamados desde el 1 de junio, pero no puedan volver a trabajar, se les empezará a descontar de sus licencias.
  • Se autoriza la reapertura de sus salones comedores a comensales siempre y cuando su operación se mantenga por debajo del 25% de la ocupación máxima definida por el código de edificación vigente en Puerto Rico.
  • Se extiende el servicio de entrega o delivery hasta las 12:00 am.
  • Las barberías y los salones de bellezas podrán abrir entre 9:00 am y 5:00 pm, de lunes a sábado y por cita previa.
  • Los salones que tengan más de un estilista, tendrán que guardar distanciamiento entre los profesionales de la belleza. También deben cumplir con la autocertificación del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.
  • Los comercios de venta al detal podrán operar de lunes a sábado entre los horarios de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. No pueden exceder la ocupación máxima equivalente al 50% de la capacidad establecida en el código de edificación vigente en Puerto Rico. La medida incluye los establecimientos dedicados a la reparación y piezas de vehículos y las ferreterías (que estaban incluidos en las órdenes anteriores, pero no se permitía recibir público).
  • Los comercios y centros comerciales podrán operar con 50% de su ocupación.
  • Los centros comerciales cerrados podrán recibir una persona por cada 100 metros cuadrados a partir del 8 de junio. Tendrán que cumplir sin limitarse al uso de mascarilla, lavado frecuente de manos y respetando el distanciamiento social.
  • Podrán operar de lunes a sábado entre los horarios de 9:00 a.m. a 5:00 p.m.
  • Los centros comerciales podrán – desde el 26 de mayo – adiestrar, capacitar y preparar a los empleados e inquilinos para recibir al público en general.
  • No podrán operar los cines, áreas de juego y valet parking, en caso de tenerlos.
  • Los concesionarios de ventas de vehículos podrán operar de lunes a sábado, de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. y mediante cita previa. No podrán exceder la ocupación máxima equivalente al 50% de la capacidad establecida en el código de edificación vigente en Puerto Rico.
  • Comercios que vendan ropa o calzado, no se permitirá medirse los productos. Se solicitó flexibilizar medidas de devolución para las mercancías.
  • Los comercios de limpieza de autos o car wash podrán operar de 9:00 am a 5:00 pm.
  • Las agencias de viajes podrán operar de lunes a sábado, entre los horarios de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. No pueden exceder la ocupación máxima equivalente al 50% de la capacidad establecida en el código de edificación vigente en Puerto Rico
  • Los supermercados podrán seguir operando de la misma forma que hasta el momento. Se extiende el servicio de entrega o delivery hasta las 12:00 am.
  • Los servicios de grooming o aseo de animales podrán operar de lunes a sábado, entre los horarios de 9:00am a 5:00pm. No pueden exceder la ocupación máxima equivalente al 50% de la capacidad establecida en el código de edificación vigente en Puerto Rico.
  • Las lavanderías podrán operar de 9:00 am a 5:00 pm.
  • Se permitirán los velatorios durante una o dos horas y solo podrán haber 10 personas por velatorio.
  • Se autorizan los laboratorios de práctica, siempre que se cumplan con las medidas de seguridad.
  • Los colegios privados podrán trabajar para preparar el equipo de los campamentos virtuales y que puedan coordinar la búsqueda de materiales.
  • Los corredores de bienes raíces podrán operar con medidas cautelares. Las visitas de los corredores podrán ser solo a las propiedades que no estén ocupadas.
  • Se permite la práctica del tiro, siempre que se guarde el distanciamiento y solo se ocupe el 50% de su capacidad.
  • Se permitirá la visita de playas, reservas y centros de golf para ejercitarse. Los balnearios estarán cerrados. Se debe usar mascarilla para ejercitarse.
  • Se permitirá el uso de botes de marina a marina. No pueden anclar en playas.
  • Deberá haber distancia de 15 pies entre bote y bote.

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