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[DOCUMENTOS] Municipios podrán transferir viviendas a damnificados por terremotos

La gobernadora de Puerto Rico Wanda Vázquez Garced firmó la Ley 69 de 2020 que autoriza a la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda (AFV) a transferir viviendas reposeídas a los municipios para proveer espacios seguros a los ciudadanos que perdieron sus hogares por los terremotos en el suroeste de Puerto Rico.

Las personas o familias que perdieron sus hogares o que sus hogares no son habitables por los terremotos en los municipios afectados —que incluyen a Ponce, Utuado, Yauco, Guánica, Guayanilla y Peñuelas— son ahora elegibles para los beneficios dispuestos en esta medida firmada por la gobernadora.

Las unidades que se recibirán podrán estar ubicadas en cualquiera de los municipios de Puerto Rico.

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La medida enmienda la Ley 103-2001, mejor conocida como la Ley de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, para permitir la donación de bienes inmuebles reposeídos a los municipios y facultarles para que identifiquen y hagan accesibles las unidades mediante donación, cesión o usufructo.

La AFV fue creada mediante ley con el propósito de promover el desarrollo de vivienda de interés social y proporcionar facilidades de financiamiento, subsidios e incentivos para que la gente pueda adquirir o alquilar un hogar decente.

Descarga la Ley 69 de 2020

Según expone la Ley 69-2020, la AFV mantiene un inventario limitado de viviendas reposeídas que se pueden donar a los municipios que lo interesen y hacerlas disponibles a familias que hayan perdido su residencia o que la vivienda haya quedado inhabitable a causa de los terremotos sufridos en la isla.

La Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico faculta a los municipios para transmitir mediante donación u otros medios —y tras la aprobación de las correspondientes ordenanzas municipales— bienes inmuebles a las personas que califiquen bajo los parámetros dispuestos en la medida.

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