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Aún pendiente de firma medida sobre fideicomiso de becas UPR

La medida de administración que autoriza al secretario del Departamento de Hacienda de Puerto Rico a establecer un Fideicomiso Independiente de Becas de la Universidad de Puerto Rico (UPR) continúa bajo la consideración de la gobernadora Wanda Vázquez Garced.

La medida llegó a La Fortaleza el 13 de octubre de 2020.

La primera ejecutiva tiene hasta el próximo jueves, 12 de noviembre, para convertir la medida en ley.

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El Proyecto de la Cámara 2595 autoriza la creación de un fideicomiso privado e independiente para la distribución de ayudas a estudiantes subgraduados y graduados que tengan necesidad económica.

La medida dispone que el fideicomiso contará con asignaciones presupuestarias recurrentes a partir del año fiscal 2020-2021.

Si la gobernadora firma la medida, el secretario de Hacienda podrá transferir el dinero que se asignó al fondo de becas de la UPR en el presupuesto del gobierno de Puerto Rico, al igual que cualquier otro fondo que sea asignado o donado en el futuro.

Estructura del fideicomiso

El fideicomiso tendrá personalidad jurídica propia, independiente de sus fiduciarios o síndicos, en conformidad con la Ley de Fideicomisos.

El fideicomiso creará un fondo perpetuo en el que se depositará no menos del 10% de los fondos públicos que reciba y no menos del 25% de los donativos irrestrictos que reciba de donativos privados.

No más del 50% de las rentas anuales del fondo perpetuo podrán distribuirse en becas, de manera que el corpus del fondo crezca todos los años.

Los medida autoriza a cualquier entidad —pública o privada— o corporación sin fines de lucro organizada bajo las leyes de Puerto Rico y seleccionada por la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) a fungir como fiduciario del fideicomiso por un término no menor de cinco años.

Límites

Los acreedores del gobierno de Puerto Rico o sus corporaciones no tendrán:

  • un gravamen o prioridad sobre los fondos del fideicomiso
  • derecho a ejercer cualquier remedio contra los fondos transferidos al fideicomiso o cualquier cuenta en la que se depositen los fondos
  • derecho a tomar cualquier medida de ejecución contra los fondos o las cuentas en que se depositen los fondos
  • podrá intervenir de cualquier forma con el uso de los fondos

Contexto

El Senado integró enmiendas a la versión aprobada por la Cámara de Representantes.

Las enmiendas están relacionadas a la Ley de la Comisión Especial Conjunta de Fondos Legislativos para Impacto Comunitario.

Sin embargo, las enmiendas no eran parte de la versión que presentó La Fortaleza.

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